Boletines/Saladillo
Ordenanza Nº 3791
Saladillo, 13/04/2022
VISTO el expediente N° 57/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4098-3242/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a desafectar predios de la zona de “Reserva de Ensanche Urbano”;
que, el Código de Ordenamiento Urbano aprobado por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Ordenanza N° 97/2019, convalidado por el Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Resolución: RESOL-2019-1308-GDEBA-MGGP;
que, en dicho Código de Ordenamiento Urbano se prevé la zona denominada “Reserva de Ensanche Urbano” para la ampliación urbana según el crecimiento detectado y la factibilidad de acceso a los servicios esenciales, con el objetivo de ampliación y consolidación del área urbana;
que, de acuerdo a lo informado por el área que resulta autoridad de aplicación de la Ordenanza N° 97/2019- Dirección de Planeamiento Tierra y Vivienda- se han decepcionado diversos pedidos de proyectos de subdivisión en el área denominada R.E.U. (Reserva de Ensanche Urbano) de nuestra ciudad;
que, en dichos pedidos, los propietarios se comprometen a la realización de todas las obras de infraestructura correspondientes para hacer factible la subdivisión según los indicadores de la zona R4 (Residencial 4) del Código de Ordenamiento Urbano;
que, en ese sentido, la Dirección de Planeamiento, Tierra y Vivienda ha llevado a cabo un análisis de cada requerimiento teniendo en consideración el crecimiento experimentado por la ciudad en estos últimos años y con ello la dotación de servicios esenciales;
que, atento a todo lo expuesto, el Departamento Ejecutivo Municipal, cree conveniente tramitar el correspondiente cambio de zona para las chacras N° 199, 200, 293 y 334 de la cuidad cabecera, que actualmente se encuentran zonificadas en R.E.U. –Reserva de Ensanche Urbano- atento que son linderas al casco urbano de la ciudad, tienen factibilidad de realización de infraestructura necesaria y generarían una oportunidad de terrenos de medidas y usos que en la actualidad no se encuentran disponibles dado que el casco urbano está prácticamente consolidado; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de abril de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Desafectar de la zona de “Reserva de Ensanche Urbano” -REU- los predios designados catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Chacras 199 y 200; Circunscripción I, Sección M, Chacra 334, Parcelas: 4a, 4b, 5, 1b, 2a, 2e, 2d y 6; Circunscripción 1, Sección L, Chacra 293, Parcelas 4, 5a, 6a y 7; Circunscripción 1, Sección L, Chacra 293, Manzana 293d y Manzana 293h.-
ARTÍCULO 2°: Los predios desafectados de REU por el Artículo 1° serán afectados a zona R4 con excepción de las parcelas frentistas a la calle Mariano Saavedra de la Manzana 293d y las que surjan de la subdivisión de los predios identificados como Circunscripción I, Sección M, Chacra 334, Parcelas: 1b y 2a que se afectan a la zona R2.-
ARTÍCULO 3°: Disponer que, por tratarse de una ampliación urbana, los titulares dominiales de los inmuebles mencionados en el artículo primero deberán dar cumplimiento con la contribución obligatoria por valorizaciones inmobiliarias, tal como lo prevé en los artículos 46° y ss. de la Ley N° 14449/12.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de abril del año dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 15/2022.-