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Resolución Nº2271

Resolución Nº 2271

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/06/2022

Visto las presentes actuaciones, referidas a la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. en el Impuesto Automotor requerida por CALDERON MARCELO ADRIAN, D.N.I.16.296.709, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nº 10.397 y sus modificatorias, del año 2021 y 2022, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”

Que, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, por Expte. 2360-0249354-2019, otorgó la exención del pago del Impuesto Automotor que recae sobre el vehículo identificado con dominio IXV 820;

Que, a fs. 6/7 obra copia fiel del Titulo de Automotor dominio IXV 280 a nombre de Calderon Marcelo Adrian y a fs. 8 obra copia fiel del Certificado de Discapacidad a nombre de Calderon Cristian Eduardo con vencimiento 04 de abril de 2029;

Que, analizada la documentación acompañada y lo informado por el Departamento Recaudación – Sector Automotores a fojas 13/14, el recurrente se encuentra dentro de los alcances establecidos en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires del año 2021 y 2022, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f);

Que, a fs. 16 obra copia de mail de la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRA) donde deja constancia que a partir del día 17 de mayo de 2022 el Sr. Calderon Marcelo Adrian, dejó de ser titular del automóvil dominio IVX 820;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º): Exímese del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el dominio IXV 820, a partir del 02/01/2021 y hasta el día 17 de mayo de 2022 fecha de venta, por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires del año 2021 y 2022, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y a los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVESE.