Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1966
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/05/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento las notas presentadas por MARÍA LAURA PROST, D.N.I. Nº 29.377.786, a fojas 2 de los Expedientes Nº 0-2792/2021 y 0-2651/2022, mediante las cuales solicita el otorgamiento del beneficio estipulado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2021 y 2022 respectivamente, a la Partida Nº 199.225, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal 2021 y 2022 establece: “Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva”;
Que, el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva 2021 y 2022 dispone que “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%”;
Que, el Artículo Nº 22 de la Ordenanza Fiscal prescribe: "Ninguna dependencia comunal dará curso a trámites o gestiones relacionados con bienes muebles e inmuebles, negocios o actos sujetos a obligaciones fiscales con este Municipio, no procediendo el otorgamiento de visaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificaciones hasta tanto no se acredite el cumplimiento de aquellas con la respectiva constancia de pago, certificado de libre deuda, o se acredite el principio de ejecución del correspondiente convenio de pago de las obligaciones incumplidas.";
Que, la Jefa a cargo del Departamento Catastro informa a fojas 5 del Expediente Nº 0-2792/2021, que el inmueble designado catastralmente como: Circ.: II, Secc.: B, Mz.: 192n, Parc.: 18, Partida Nº 199.225, registra como destinataria a María Laura Prost y cumple con las condiciones establecidas en el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal;
Que, la Jefa del Departamento Recaudación informa a fojas 4 del Expediente 0-2651/2022, que correspondería otorgar un descuento del ochenta por ciento (80%) en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, al inmueble identificado con la Partida Nº 199.225, desde la cuota 05/2021 a 12/2022, conforme los Artículos Nº 80 y 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva respectivamente;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º): Reducir a la Partida Nº 199.225, en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 05/2021 y hasta 12/2022, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2021 y 2022 respectivamente y a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tome nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-