Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº159

Resolución Nº 159

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/07/2022

Visto lo solicitado por el agente Edgardo Olivera, DNI 14.853.081, CUIL 20-14853081-6, Legajo 11.630,  dependiente del Departamento Contralor de Obras Particulares (oficina N.º 421), acogido a los beneficios de la Jubilación, según Expediente N.º 421-4343-2022; el informe emitido por el Departamento Administración del Personal a fojas 4; lo establecido en el articulo 63 º del Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Bahía Blanca y Decretos 561/1996 y 659/1996-Expediente 260-6658-1996 y contando con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y  Contaduría General a fojas 4 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

-RESUELVE-

ARTICULO 1º: Procédase por el  Departamento de Administración del Personal a liquidar a favor del agente Edgardo Olivera, DNI 14.853.081, CUIL 20-14853081-6, Legajo 11.630, dependiente del Departamento Contralor de Obras Particulares (oficina N.º 421) la suma de PESOS CIENTO DIESCISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 117.742,88.-) mensuales, en concepto de anticipo jubilatorio, importe consistente en el 60% de su remuneración mensual, habitual y permanente, a partir del 01 de Julio de 2022, suma que será deducida al liquidarse la jubilación por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 6.2.1.0, del Presupuesto de Gastos.-

ARTICULO 3º: Notifíquese al interesado; dése al R.O.; tomen conocimiento Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Oficina de Jubilaciones y Pensiones, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y el Departamento Contralor de Obras Particulares, Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano. Cumplido, ARCHIVESE.-