Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 153
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/06/2022
Visto las presentes actuaciones iniciadas por la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L., la cual solicita autorización para la ejecución de la obra: "EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN LAS ARTERIAS AMBRUSI ENTRE CUYO Y CANADÁ, CANADÁ ENTRE VERA Y AMBRUSI" de la ciudad de Bahía Blanca; atento a lo informado por el Departamento Vialidad a fs. 52/56 la presente obra se realizará a través del Sistema de Costo Cubierto, es decir a su cuenta y riesgo dado que no se impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Art. 9b) O. Gral. 2082; Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Autorízase a la Empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L, a realizar la obra: "EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN LAS ARTERIAS AMBRUSI ENTRE CUYO Y CANADÁ, CANADÁ ENTRE VERA Y AMBRUSI" de la ciudad de Bahía Blanca, a través del sistema de Costo Cubierto, que no se impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Art. 9b) O.Gral. 2082.-que deberán presentar una propuesta alternativa a fin de evaluar su correspondencia.
ARTICULO 2°: Las obras se ejecutaran de acuerdo a los planos y Especificaciones según el detalle que la Empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L. adjunta de fojas 3/51.
ARTÍCULO 3º: La Empresa deberá verificar, previo al comienzo de las obras, los niveles de proyecto de cordón cuneta, umbrales existentes a los efectos de definir la pendiente longitudinal y transversal del cordón cuneta, para asegurar el correcto escurrimiento del agua pluvial, los cuales deberán ser aprobados por la Inspección Municipal.
ARTÍCULO 4°: La Construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0,15m de espesor y 0,50 m de ancho de cuneta.. sobre base de tosca de 0,20m de espesor ; mínimo para tosca a emplear 30% compactada al 98% del Proctor correspondiente de acuerdo a la clasificación de materiales HRB Y Norma VN-E5-67, granulometría según Especificaciones.
La resistencia mínima cilíndrica del hormigón en el ensayo de compresión a los 28 días será de 320 kg/cm2, con tenor de cemento mínimo de 350 kg/m3 de hormigón elaborado. Todo conforme a Planos y Especificaciones Técnicas Municipales.
En las bocacalles, ejecutar las rampas de acceso para discapacitados, modificando los cordones a construir.
Las juntas deberán ser aserradas en su totalidad y no formadas con vaina, distribuidas a una distancia de 3,00 m. El aserrado deberá comenzar lo antes posible, con la condición de que los bordes aserrados no presenten despostillamiento o desprendimiento alguno (bordes sanos), caso contrario la Inspección demorará las tareas de aserrado hasta que se cumpla dicha pauta. Si el hormigón estuviese en condiciones de ser aserrado fuera del horario habitual de la jornada laboral, la Empresa Contratista deberá dar comienzo igualmente a las tareas, corriendo a su exclusivo cargo cualquier gasto adicional que le generen las tareas de aserrado, como por ejemplo el pago de horas extras o iluminación adicional por horas nocturnas.
El sellado de juntas se efectuará con material tipo IGGAS MASTIC o similar y se ejecutará de acuerdo a lo indicado en la Especificación Técnica “Sellado de Juntas”.
En las operaciones de terminación superficial del hormigón, no deberá agregarse agua, tanto en el fratazado como así también en el texturado.
El curado de la superficie del hormigón deberá comenzar inmediatamente después del texturado, y se efectuará con un producto de resina en base solvente, tipo ANTISOL BLANCO de SIKA o similar, y se aplicará a una tasa de 1 litro de producto por cada 7 metros cuadrados de pavimento (0,14 lt/m2). Una vez desmoldado el pavimento, el curado se efectuará en los bordes verticales laterales, a una tasa similar a la mencionada.
En las bocacalles se deberán ejecutar las rampas de acceso para discapacitados con pendiente adecuada y material antideslizante, modificando en consecuencia también las veredas.
Disponibilidad como mínimo en obra de: 100m lineales de moldes de cordón cuneta y un juego de curvas, en perfecto estado de conservación. Limpieza de obras, carga y transporte de material según lo indicado en el Art. 11°.
ARTÍCULO 5º: La construcción de badén de hormigón armado de 0,17m de espesor y 2,00m de ancho, demás dimensiones y armaduras según Plano Tipo y Especificaciones; sobre base de tosca con idénticas exigencias en espesores, Valor Soporte California (C.B.R) y compactación y Calidad del hormigón a cumplir conforme a lo indicado para el cordón cuneta.
Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según indicado en el Art. 11°.
ARTÍCULO 6°: Se realizarán los trabajos necesarios para el correcto empalme de las veredas (de tierra, encespado o de contrapiso) con los cordones cunetas ejecutados, los cuales deberán quedar perfectamente calzados y las veredas totalmente conformadas a nivel del cordón.
ARTÍCULO 7°: El perfil transversal de la calzada tendrá una pendiente mínima del 3%.
ARTÍCULO 8°: Adecuación de los niveles de los marcos y tapas de cámaras de inspección de servicios públicos que queden bajas, elevadas o desniveladas y que presenten dificultades para el transito vehicular. Desnivel máximo admitido: 1 cm (un centímetro).
ARTÍCULO 9°: Renovación y profundización de acometidas domiciliarias largas de agua corriente (Solamente aquellas afectadas por la construcción del cordón cuneta). Incluye replanteos, ubicación de interferencias de otros servicios y conexiones, zanjeo en cualquier clase de terreno, 80 (ochenta) cm de tapada mínima desde el nivel de cuneta existente, renovación de cañería de polietileno de alta densidad (PEAD) de 20mm o según corresponda (para presiones de trabajo de10kg/cm2) con caño camisa de PVC reforzado de diámetro 2 pulgadas. La unión a la cañería existente se realizará con RACORD de bronce de ajuste rápido para polietileno de alta densidad (PEAD), idéntico diámetro nominal que la cañería de conexión según exigencias de ABSA. Limpieza de obra, carga y transporte de material sobrante según lo indicado en el Art. 11°.
ARTÍCULO 10°: Tapada y compactación de zanjas con equipo mecánico y reparación de veredas con materiales idénticos a los primitivos según exigencias reglamentarias de ABSA.
Limpieza de obra, carga y transporte de materiales sobrante según lo indicado en el Art. 11º.
ARTÍCULO 11°: Limpieza de obra, tapada de zanjas, carga y transporte del material sobrante, (suelo no apto para relleno y escombros) hasta el Relleno Sanitario, cuyo costo de depósito estará a cargo de la Empresa contratista. El transporte de suelo sobrante apto para relleno de calles se hará hasta una distancia máxima de 5 km., a lugares indicados por la Inspección.
ARTÍCULO 12º: Señalización diurna y nocturna de la obra, señalar de día con letreros y señales reglamentarias, según planos, y por la noche con luces de peligro, con luces reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el mismo, aplicándosele en cada oportunidad de cada transgresión comprobada por la Inspección, una multa de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, haciéndose pasible a las penalidades por daños y perjuicios, establecidas en el Artículo 41° de las especificaciones Legales Generales.
Deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 12.827/04 y las “Normas sobre cortes de Calzadas y Veredas”.
Ante la interrupción total o parcial de la calzada se deberá comunicar, y tramitar en la Dirección de Tránsito Municipal, su permiso con una anticipación mínima de cinco (5) días.
ARTÍCULO 13º: La empresa deberá presentar un Croquis de Obra con su Cómputo certificados de INAES y Política Fiscal.
ARTÍCULO 14º: Para el inicio de los trabajos, la empresa deberá comunicarse con el Departamento de Inspecciones Obras Viales y Servicios, a los fines de, comunicar la fecha de comienzo de los mismos, además de presentar:
*Interferencias de servicios públicos (EDES, CAMUZZI GAS PAMPEANA, ABSA Y TELEFÓNICA)
*Contrato de Representación Técnica, copia de boleta de aportes previsionales y planilla anexa, todo debidamente visado por el Colegio correspondiente.
*Copias de las Pólizas contratadas, de los planes de pagos acordados y de los respectivos recibos de pago, de los Seguros correspondientes al personal, al equipo que afecte a estos trabajos , contra-terceros, de responsabilidad civil y de la rama de responsabilidad civil, realizados conforme a la Ley vigente en la materia.
Los seguros contratados deberán otorgar cobertura contra accidentes de trabajo, enfermedades laborales, accidentes de tránsito, daños a personas, a bienes muebles, a bienes inmuebles y a instalaciones, daños al equipo, etc., de cualquier índole y por cualquier motivo, producidos u ocasionados en la ejecución de los trabajos asignados, durante el horario de trabajo y en los trayectos desde y hacia el lugar de guarda del equipo. La cobertura por responsabilidad civil cubrirá un monto de $ 6.000.000 (Pesos seis millones), designando como co-asegurado a la Municipalidad de Bahía Blanca.
Dicha presentación incluirá las constancias certificadas emanadas de las respectivas Compañías Aseguradoras, conteniendo los listados completos del personal y de los equipos que empleará para la ejecución de la obra; dichos listados contendrán datos completos tanto del personal como de los equipos que los identifiquen de modo indubitable.
La Cooperativa deberá presentar, obligatoriamente, copia certificada del recibo o factura que testimonie, fehacientemente, el cumplimiento de las obligaciones emanadas del plan de pagos acordado para la Póliza contratada; la fecha de pago deberá ser inexcusablemente, coincidente o anterior a la establecida en el correspondiente plan de pagos.
ARTÍCULO 15º: Previo al replanteo de los trabajos, la empresa deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento a la Resolución Nº 181/95 de ENARGAS.
Recepcionada la obra y en un plazo no mayor a cinco (5) días, la empresa deberá presentar en el Departamento de Inspecciones Obras Viales y Servicios, Plano conforme a obras con toda la nivelación de cordones cunetas.
ARTÍCULO 16°: El plazo de ejecución de la obra será de TREINTA (30) días corridos a contar desde la autorización de la Municipalidad de Bahía Blanca
ARTICULO 17: El plazo de Conservación y de mantenimiento de obra será de DOCE (12) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria.
ARTÍCULO 18°: El pago del 1% del Presupuesto de Obra deberá realizarse según la Ordenanza Impositiva vigente, Art. 25º, previo a la Recepción Provisoria de Obra.
ARTÍCULO 19°: Cúmplase; dése al R.O.; Notifíquese a la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L., por intermedio del Departamento Vialidad. Tomen conocimiento el Departamento Vialidad, Departamento Catastro, División Central Territorial de Datos y Dirección de Tránsito. Cumplido, ARCHÍVESE.-
DSU.-