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Ordenanza Nº6710/22

Ordenanza Nº 6710/22

Moreno, 29/05/2022

VISTO el Expte. H.C.D. N° 34.826/2022, el Expte. D.E. N° 235066-I-2022 y la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia. De Bs. As., el Decreto N° 2.980 y sus Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros Reales, y

CONSIDERANDO que se ha cerrado el ejercicio 2021, correspondiendo al Departamento Ejecutivo remitir la Rendición de Cuentas tal como lo indica la L.O.M.

QUE el Art. N° 67 de la L.O.M. establece que durante el examen de las cuentas el Concejo estará facultado para compensar excesos producidos hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto, o con un excedente de recaudación y con el saldo disponible que registre antes de efectuar las operaciones del cierre del ejercicio, la cuenta “Resultados del ejercicio”.

QUE el Art. N° 230 del Reglamento de Contabilidad establece asimismo que, durante el examen de cuentas, el Concejo estará facultado para compensar excesos de partidas del presupuesto de gastos, que estime de legítima procedencia hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto, con la recaudación efectiva excedente de total de renta sin afectación calculada para el ejercicio y/o con el importe de superávit que registre la cuenta de resultado.

QUE mediante la Ley N° 15.310 se aprobó el Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires para el año 2022.

QUE en el Artículo N° 41 de la citada Ley, se establece que “Los Municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre del Ejercicio 2021 y que no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta "Resultados de Ejercicios”, podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones. Convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente”.

QUE estudiada la documentación respaldatoria resulta que no reviste errores desde el punto de vista técnico y formal.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Compensase el exceso producido en el Presupuesto de Gastos del Organismo Descentralizado “Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional” – I.D.U.A.R. del Ejercicio 2021 conforme al siguiente detalle:

Jurisdicción 1.1.2.01.01.001 – Inst. de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional

Cat. Prog.: 01.01 – Coordinación y Gestión de Políticas de Obras y Desarrollo Urbano

Fte. Financ.: 1.1.0 – Tesoro Municipal

1 — Gastos en Personal

 

 

1.1 — Personal Permanente

 

$

590 172.31

 

TOTAL TESORO MUNICIPAL

$

590 172.31

ARTÍCULO 2°: La compensación mencionada en el artículo anterior se atenderá con las economías del I.D.U.A.R. que arrojaron en los siguientes incisos:

Jurisdicción 1.1.2.01.01.001 – Inst. de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional

Cat. Prog.: 01.01 – Coordinación y Gestión de Políticas de Obras y Desarrollo Urbano

Fte. Financ.: 1.1.0 – Tesoro Municipal

2 — Bienes de Consumo

2.1 - Productos Alimenticios Agropecuarios y Forestales

$

3,850.00

2.5 --Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes

$

3,097.63

3  — Servicios No personales

3.3 --Mantenimiento, Reparación y Limpieza

$

335,870.00

3.4 --Servicios Técnicos y Profesionales

$

108,199.96

3.5 --Servicios Comerciales y Financieros

$

49,680.00

3.9 --Otros Servicios

$

27,000.00

4   --  Bienes de Uso

4.3 -- Maquinaria y Equipo

$

62.474,72

TOTAL TESORO MUNICIPAL

$

590 172,31

ARTÍCULO 3°: Convalídese los excesos sin posibilidad de compensación, verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2021, en las distintas partidas presupuestarias de la Fuente de Financiamiento 1.1.0 – Tesoro Municipal, hasta la suma de Pesos Diez Millones Setecientos Nueve Mil Novecientos Veintiuno con 67/100 ($ 10,709,921.67).

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 29 de Mayo de 2022.

COLAZO Teresa B.                 BELLOTTA, Araceli
Secretaria                                     Presidenta
Comunicado al D.E el día 03/06/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 1796/22 de fecha 07/06/2022