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Ordenanza Nº6709/22

Ordenanza Nº 6709/22

Moreno, 29/05/2022

VISTO la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia. de Bs. As., el Decreto Provincial N° 2.980/00 y sus Disposiciones de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Pcia. de Bs. As.; y

CONSIDERANDO que se ha cerrado el Ejercicio 2021, correspondiendo al Departamento Ejecutivo remitir la Rendición de cuentas tal como lo indica la L.O.M.

QUE al cierre del ejercicio 2021 se han detectado partidas presupuestarias con excedentes de Recaudación.

QUE la Ley 15.310 que aprobó el Presupuesto 2022 de la Pcia. de Buenos Aires, establece en su artículo N° 41 que los municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre de los Ejercicios 2021 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta “Resultados de Ejercicios” podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones, convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, no impondrá las sanciones previstas en la norma vigente.

QUE estudiada la documentación respaldatoria resulta que no reviste errores desde el punto de vista técnico y formal.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:  Convalídese los excesos sin posibilidad de compensación, verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2021, en las distintas partidas presupuestarias de la fuente de financiamiento 1.1.0 tesoro Municipal, hasta la suma de $179.420.924,38 (Pesos ciento setenta y nueve millones cuatrocientos veinte mil novecientos veinticuatro con 38/100 ctvos.).

ARTÍCULO 2°: Compensase y convalídese los excesos verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2021, con las distintas partidas presupuestarias de la fuente de financiamiento 1.3.2 De Origen Municipal, hasta la suma de $60.985.373,45 (Pesos sesenta millones novecientos ochenta y cinco mil trescientos setenta y tres con 45/100 ctvos.) con las economías provenientes de la misma fuente; según detalle adjunto en Anexo I y Anexo II.

ARTÍCULO 3°: Convalídese los convenios y contratos suscriptos en el Ejercicio 2021 conforme al artículo 59º del Decreto Provincial 2980/00 y sus Disposiciones de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Pcia. de Bs. As.

ARTÍCULO 4°: Convalídese las modificaciones presupuestarias realizadas durante el Ejercicio 2021 conforme el artículo 119º de la L.O.M.

ARTÍCULO 5°: Convalídese las modificaciones realizadas durante el Ejercicio 2021 de la planta de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 150º del Decreto Provincial 2980/00 y sus Disposiciones de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Pcia. de Bs. As.

 ARTÍCULO 6°: Convalídese las Regularizaciones Presupuestarias realizadas durante el Ejercicio 2021 de acuerdo a lo establecido en los Criterios Prácticos de RAFAM punto 17).

ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 29 de Mayo de 2022.        

COLAZO Teresa B.                 BELLOTTA, Araceli
Secretaria                                     Presidenta
Comunicado al D.E el día 03/06/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 1795/22 de fecha 07/06/2022

 

Anexos

ANEXO I

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ANEXO II

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