Boletines/Pilar
Decreto Nº 364/18
Pilar, 25/01/2018
Corresponde al Expediente N° 18451/16
Pilar,
Visto
El expediente de referencia y,
Considerando
Que el Acta Complementaria al Convenio Marco de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Pilar y la Asociación Civil Plantarse, establece en su cláusula cuarta que el Municipio abonará a la Asociación Civil Plantarse la suma de $ 198.000 en cuatro cuotas iguales y consecutivas de $ 49.500, a pagarse la primera de ellas el 31 de Marzo de 2017, la segunda el 1 de Junio de 2017, la tercera el 1 de Agosto de 2017 y la cuarta el 2 de Octubre de 2017.-
Que dicha Acta Complementaria fue Homologada por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Pilar, mediante Ordenanza Nº 361/17.-
Que dicha Ordenanza fue promulgada por el Sr. Intendente Municipal mediante Decreto N° 3470/17.-
Que ha tomado intervención la Secretaría de Medio Ambiente. -
Que ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto y Finanzas. -
Que ha tomado intervención la Dirección de Contaduría.
Que ha tomado intervención el Servicio de Asesoramiento Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que lo solicitado se encuentra dentro del marco jurídico dispuesto por el Decreto N° 2980/00 reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades que establece el mecanismo de la Reforma de la Administración Financiera en el Ambito Municipal de la Provincia de Buenos Aires (RAFAM).
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO.= Autorizase a la Contaduría Municipal a efectuar la registración extemporánea y convalidese el pago de igual forma por la suma de $ 198.000 correspondiente a las cuatro cuotas iguales y consecutivas de $ 49.500, debidas la primera de ellas el 31 de Marzo de 2017, la segunda el 1 de Junio de 2017, la tercera el 1 de Agosto de 2017 y la cuarta el 2 de Octubre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Programa de Formación Ambiental, notifíquese y, con las debidas constancias archívese. -