Boletines/Pilar
Decreto Nº 334/18
Pilar, 22/01/2018
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 5650/2017
Pilar,
Visto
El expediente de referencia por el cual la Asociación Civil denominada OBRA SOCIAL DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES, solicita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a las partidas N° 152400, 152401, 152402, 152403, por el periodo 2017, y
Considerando
Que a fs. 01 la Asociación Civil denominada OBRA SOCIAL DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES presenta la solicitud a través de su Tesorero Sr. José Luis Scarimbolo.
Que a fs. 16/24 se acompaña copia de escritura pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la entidad sobre el inmueble que corre identificado con las correspondientes partidas.
Que a fs. 56 luce copia certificada de Decreto N° 1714/11 por el cual se reconoció a la OBRA SOCIAL DE JEFES Y MAQUINISTAS NAVALES como entidad de Bien Público.
Que la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.
Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.
Que la entidad de referencia cumplimenta con lo dispuesto en la Ordenanza 150/03.
Que el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones del Sr. Intendente se encuentran consagradas en los artículos 10 y 11 de la Ordenanza Fiscal 2018 y el art. 108 inc. 17 de la Ley Orgánica Municipal.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.= Exímase a la Asociación Civil denominada OBRA SOCIAL DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública Y Servicios Generales correspondiente a las partidas N° 152400, 152401, 152402, 152403, por el periodo fiscal 2017, según lo establece el art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.
ARTÍCULO 2°.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales y Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias a rchívese.