Boletines/Pilar

Decreto Nº325/18

Decreto Nº 325/18

Pilar, 22/01/2018

Corresponde al Expediente N° 10724/2017

Pilar

Visto

El expediente de referencia por la Asociación Civil denominada Centro de Jubilados y Pensionados de Presidente Derqui, solicita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública Y Servicios Generales a las partidas N° 10579, 428, 76758, por el periodo 2017, y

Considerando

Que a fs. 01 la Asociación Civil denominada SOCIEDAD DE JUBILADOS Y PENSIONADOS de Presidente Derqul presenta la solicitud a través de su Secretaria, Sra. María Guggla y su presidenta Sra. Betty Wozny.

Que a fs. 07/15 se acompaña copia de escritura pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la entidad sobre el inmueble que corre identificado con las correspondientes partidas.

Que a fs. 16 luce copia certificada de Decreto N° 665/83 por el cual se reconoció al Centro de Jubilados y Pensionados como Entidad de Bien Público.

Que la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.

Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el Art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.

Que la entidad de referencia cumplimenta con lo dispuesto en la ordenanza 150/03.

Que el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que le compete.

Que las atribuciones del Sr. Intendente se encuentran consagradas en los art. 10 y 11 23 de la Ordenanza Fiscal 2018 y el art. 108 inc. 17 de la Ley Orgánica Municipal.

Que por Decreto 1110/17, art. 2 la Secretaría de Economía y Hacienda se encuentra autorizada a refrendar el presente acto administrativo.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.= Exímase a la Asociación Civil denominada Centro de Jubilados y Pensionados de Presidente Derqui del pago de Tributo por Mantenimiento de la Vía Publica y Servicios Generales correspondiente a las partidas N° 10579, 428, 76758, por el periodo fiscal 2017, según lo establece el art. 72 inc. a) de la O.F.I. 2017.

ARTÍCULO 2°. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.