Boletines/Pilar

Decreto Nº260/18

Decreto Nº 260/18

Pilar, 18/01/2018

Corresponde al Expediente N° 17782/2016

Pilar,

Visto

La Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Decreto — Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Municipal N° 1110 de fecha 27 de marzo de 2017, y

Considerando

Que por Decreto Municipal N° 1110 de fecha 27 de marzo de 2017, se instrumentó la delegación de ciertas facultades y la asignación de funciones especificas a fin de lograr una gestión mas ágil y eficiente, optimizando a su vez el funcionamiento de los órganos que dependen de este Departamento Ejecutivo.

Que a través del Decreto Municipal N° 4340 de fecha 28 de diciembre 2017 se efectuaron ciertas modificaciones en el organigrama de éste Departamento Ejecutivo.

Que entre otras medidas se disolvió la SECRETARÍA POLÍTICA por lo que corresponde adecuar la delegación otorgada en el artículo 5º del Decreto 1110/17 conforme la nueva estructura.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 108 y 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobada por Decreto — Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias.

Que en función del Decreto 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Señor Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero de 2018.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Sustitúyese el artículo 5º del Decreto Municipal Nro. 1110/17 por el siguiente:

“ARTÍCULO 5°: Delégase en el titular de la SECRETARÍA DE GOBIERNO (o en el órgano que en el futuro le reemplace en sus mismas misiones y funciones) la facultad de autorizar y contratar obras públicas de menor cuantía con las limitaciones que prevé el artículo 181 inciso 3º, puntos a) y b) del Decreto — Ley 6769/58 y sus modificatorias.”

ARTÍCULO 2°: Dése al Registro Municipal, ,publíquese, comuníquese a las SECRETARÍAS DE GOBIERNO Y DE ECONOMIA Y HACIENDA y a la DIRECCION DE COMPRAS y, con las debidas constancias, archívese.