Boletines/Tandil

Decreto Nº2264/2022

Decreto Nº 2264/2022

Tandil, 06/07/2022

Visto

El Concurso de Precios Nº 72-03-22 “Adquisición de Aceites para Uso Vehicular – Dirección General de Vialidad”; y,

Considerando

Que se ha invitado a veintiún (21) proveedores del ramo según consta en el Registro de Invitados a Cotizar Nº 2572, en Orden 5.

Que el 26 de mayo de 2022 se ha llevado a cabo el Acto de Apertura, Orden 8, presentándose 3 (tres) de las empresas invitadas, de las cuales 2 (dos) no fueron tenidas en cuenta por haber recepcionado vía correo electrónico, modalidad que no se tiene prevista para la presentación de ofertas.

Que la única oferta válida corresponde a la firma PETROTANDIL S.A., que presenta dos alternativas en razón de no contar con disponibilidad del ítem 1.

Que la Dirección General de Vialidad Municipal, en Orden 17, sugiere desestimar las propuestas alternativas porque no cumplen con las especificaciones solicitadas.

Que la Dirección de Compras y Suministros en la PV-2022-00055048-MUNITAN-DCS#SEA, Orden 19, sugiere continuar con la adjudicar al oferente Petrotandil S.A. por un monto de $ 532.500 para los ítems N° 2 y 3, y se desestimen las ofertas del ítem N°1 atento no cumplir con lo solicitado.

Que al respecto se ha expedido Contaduría General, la Dirección de Presupuesto y la Subsecretaría de Economía y Administración.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Adjudícase los ítems Nº 2 y 3 del Concurso de Precios Nº 72-03-22 “Adquisición de Aceites para Uso Vehicular – Dirección General de Vialidad” al proveedor PETROTANDIL S.A., en la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 532.500,00).

Artículo 2º: Desestímase las ofertas del proveedor PETROTRANDIL S.A. del ítem Nº 1 del Concurso de Precios Nº 72-03-22 “Adquisición de Aceites para Uso Vehicular – Dirección General de Vialidad”.

Artículo 3º: La erogación a producirse será apropiada a la partida informada por la Dirección de Presupuesto en su informe a Orden 24.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Compras y Suministros, Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario)              -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

               Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas          -                       Intendencia