Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1086

Decreto Nº 1086

Mar Chiquita, 30/06/2022

Visto

 

 

El Expediente Nº 756/22 correspondiente a la obra “TENDIDO DE CABLEADO ELÉCTRICO Y LUMINARIAS PUBLICAS BARRIO PLAN FEDERAL DE CORONEL VIDAL”; y

Considerando

 

 

Que atento al gran crecimiento poblacional en la localidad y la necesidad de llevar a cabo la obra “TENDIDO DE CABLEADO ELÉCTRICO Y LUMINARIAS PUBLICAS BARRIO PLAN FEDERAL DE CORONEL VIDAL” a los fines de brindar el servicio a las manzanas donde se encuentran viviendas próximas a ser entregadas, y también, en manzanas que en breve se comenzará la construcción de más viviendas;

Que la Secretaria de Obras Publicas y Planeamiento Urbano confeccionó proyecto, especificaciones técnicas y presupuesto oficial que asciende al monto de Pesos Siete Millones Quinientos Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Nueve con 60/100 ($ 7.588.899,60) 

Que la Cooperativa Arbolito (S.P.O.V.C. y C de M. CH. LTDA.) ofreció realizar la obra de referencia por la suma de Pesos Siete Millones Doscientos Noventa Mil Trescientos Cuarenta y Cinco con 29/100 ($ 7.290.345,29);

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo Nº 132 permite la contratación directa de Cooperativas;

Por ello,

 

 

                                                   EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                        DECRETA

 

ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE en forma Directa a la COOPERATIVA ARBOLITO (S.P.O.V.C. y C de M. CH. LTDA.), la ejecución de la obra “TENDIDO DE CABLEADO ELÉCTRICO Y LUMINARIAS PUBLICAS BARRIO PLAN FEDERAL DE CORONEL VIDAL”, conforme especificaciones técnicas y obrantes en el expediente por un valor de $ 7.290.345,29.- (PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 29/100), atento a los considerandos del presente.

ARTICULO 2º: La erogación que demande la presente operación deberá imputarse a la siguiente partida: Jurisdicción: 1110125000 – Categoría Programática 51.91.00 – Unidad Ejecutora 38 – Partida 4.2.2.0 – Fuente Financiamiento: 110 del Tesoro Municipal.                     

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Obras Públicas y Planeamiento Urbano (Int), Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 4º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro oficial.