Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1077
Mar Chiquita, 29/06/2022
Visto
La nota elevada por el Club de Regatas y Pesca Mar Chiquita, solicitando la eximición del pago de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública correspondiente al año 2022; y
Considerando
Que la Institución solicitante -inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público – Ordenanza Nº 37/93 -, cumple con los requisitos exigidos en dicha norma legal a los efectos los beneficios impositivos;
Que el Departamento Ejecutivo tiene facultades otorgadas por el Honorable Concejo Deliberante para eximir deuda por este servicio por el año en curso;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: EXIMASE, al CLUB DE REGATAS Y PESCA MAR CHIQUITA, del pago de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública, por el corriente año 2022 por los inmuebles designados catastralmente de la siguiente manera:
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NOMENCLATURA CATASTRAL |
CUENTA MUNICIPAL |
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IV – K – 12 - 1 |
12595/00 |
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IV – K – 12 - 2 |
12596/00 |
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IV – K – 12 - 3 |
12597/00 |
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IV – K – 12 - 4 |
12598/00 |
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IV – K – 12 - 5 |
12599/00 |
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IV – K – 12 - 6 |
12600/00 |
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IV – K – 12 - 7 |
12601/00 |
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IV – K – 12 - 8 |
12602/00 |
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IV – K – 12 - 9 |
12603/00 |
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IV – K – 12 - 10 |
12604/00 |
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky y por el Secretario de Economía Interino Ad Honorem Sr. Marcelo A. Pigliacampo.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a los interesados en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.