Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 143
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/01/2022
Visto las presentes actuaciones, referidas a la locación de un inmueble ubicado en calle Brown 577, para el funcionamiento de la UMAD - Unidad de Almacenamiento de Medicamentos y depósito de Insumos dependiente de la Secretaría de Salud,
Considerando que es inminente la necesidad de trasladar la UMAD, que actualmente se encuentra ubicada en Chiclana 451, como así también toda la mercaderia e insumos que se encuentran ubicados en los depósitos del Ejercito, dado el importante volumen que esto significa y la dificultad en la logistica de distribución de medicamentos e insumos al tener todo ello distribuido en distintos puntos de la ciudad
Que la situación de Emergencia Sanitaria por Covid-19 ha llevado a la Secretaria de Salud a implementar medidas sanitarias y procedimientos producto del incesante incremento de demanda tanto asistencial en CAPS (Centros de Asistencia Primaria de la Salud) como así también en las oficinas técnicas que abastecen las más de 50 dependencias de Salud
Por todo lo expuesto teniendo en cuenta el visado de la Dirección de Técnica Jurídica y la imputación de Contaduría General a fs.1 vuelta, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades
DECRETA
PRIMERO: APROBAR en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el firmante del mismo, Sr. Gabriel Antonio CHIUCCARIELLO, D.N.I. 30.422.842, por el alquiler de un inmueble ubicado en calle Brown Nº 577 de Bahía Blanca, destinado al funcionamiento de Oficinas y Almacenamiento de Medicamentos e Insumos Médicos, dependiente de la Secretaría de Salud, el que tendrá una vigencia a partir del 1º de Febrero de 2022, venciendo, el 31 de Enero de 2024.
SEGUNDO: Autorízace a Contaduría General a efectuar los pagos correspondientes según cláusulas tercera y quinta del contrato. Lo estipulado en la clausula tercera se abonara al locador, por los montos establecidos e inherentes a la presente contratación. Lo estipulado en la clausula quinta se abonara a las Empresas prestadoras de los servicios correspondientes, en dicha cláusula mencionados.-
TERCERO: el presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110107000 Cat. Prog. 72.00.00 Gasto 3.2.1.0
CUARTO: Cúmplase, notifíquese Contaduría General, gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación. Dése al R. O. Y ARCHIVESE