Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4216/22
Coronel Dorrego, 23/03/2022
VISTO:
La solicitud de uso del espacio público realizada por representantes del Instituto San José; y
CONSIDERANDO:
Que requiere el uso y corte del tránsito vehicular en la Avenida Santagada para el desarrollo de una jornada artística.
Que el espacio solicitado es el sector frente al ingreso del Establecimiento Educativo, para el día martes 5 de abril en el horario de 8.30 a 11.40.
Que este Cuerpo Deliberativo consultó al Director de Inspección y Seguridad Municipal, no encontrando este objeciones a la petición; por lo que corresponde emitir la autorización.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Autorízase a las Autoridades del Instituto San José – DIEGEP 4158; a ============ utilizar la Avenida Santagada frente al ingreso del establecimiento, el día 05/04/2022 entre las 8.30 y 11.40 horas.
El permiso es al solo efecto de desarrollar una jornada artística, debiendo prever el cuidado de los espacios verdes y su entorno.
La jornada escolar y el tránsito de personas abocadas a la actividad solo estará permitida dentro de los límites establecidos ut supra. Permitiendo el tránsito en la Av. Colon así como de la calle Uslenghi.-
ARTÍCULO 2º) Dispóngase el corte del tránsito vehicular para el día y en el horario ============= citado previamente, garantizando la integridad de los participantes.-
ARTÍCULO 3º) Establézcase que el permiso otorgado por la presente es personal, ============= intransferible, de carácter precario y no contiene derechos de exclusividad. Pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa, cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.-
ARTÍCULO 4º) Establézcase que la entidad permisionaria, será responsable absoluta ============ de la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere el emprendimiento autorizado, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del Proyecto.-
ARTÍCULO 5º) Estipúlase que la entidad autorizada deberá abonar las ============= contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.), en caso de corresponder.-
ARTÍCULO 6º) Dispóngase que ante el incumplimiento de la presente, las sanciones ============ que le correspondieren, a la permisionaria quedarán dentro del marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-
ARTÍCULO 7º) Comuníquese al Área de Inspección Municipal.-
============
ARTÍCULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, ============= dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 23 de marzo de 2022.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4216/22