Boletines/Lincoln
Decreto Nº 1297/16
Lincoln, 15/04/2016
DECLARANDO INTERES PUBLICO MUNICIPAL LA CREACION DEL BALLET MUNICIPAL DE FOLKLORE
Visto
Las creencias, prácticas y costumbres tradicionales de un pueblo o cultura, que se ponen de manifiesto a través de los relatos, las artesanías, la música y los bailes;
La danza folklórica incluye todos los bailes típicos y tradicionales de una cultura, puede ser bailada por cualquier hombre y mujer y se realiza especialmente durante acontecimientos sociales como fiestas y conmemoraciones, perpetuando la tradición;
La inminente celebración del Bicentenario de nuestra Independencia que se llevará a cabo el próximo 9 de Julio, enmarcando en el transcurso del año diversas actividades culturales y educativas, que permiten la participación de toda la comunidad del Distrito de Lincoln;
Considerando
Que esta Administración Municipal, a través de la Dirección de Cultura dependiente de la secretaria de Cultura y Educacion, sostiene como uno de sus objetivos seguir resignificando nuestra tradición, a través de las fiestas populares, con la creación del Ballet Municipal de Folklore;
Que a los fines de su conformación han sido convocados los Profesores a de los Talleres de Danza Folklórica, a cargo de la Dirección de Cultura, de las distintas localidades y la ciudad cabecera del Distrito, como así también capacitadores, coreógrafos, técnicos, diseñadores, costureros y todo aquel cuyo aporte artístico conlleve a la creación del Ballet mencionado;
Que el grupo de danza organizará sus encuentros mensuales de acuerdo a las distintas disciplinas tradicionales: coreografías con bombo, danzas sureñas y norteñas, estampas y contemporáneo (tango de salón y tango canyengue);
Que el vestuario será confeccionado específicamente para cada una de las danzas y se tratará de coordinar con la Unidad Productiva (Cooperativas Textiles) del Centro Integrador Comunitario (CIC) del Barrio Plaza España;
Que las presentaciones del Ballet, en su mayoría, se realizarán con músicos en vivo (violines, guitarras, acordeón, bombos, órgano y/o piano) en todo evento que así lo requiera;
Que a los fines de la correcta puesta en marcha y la concreción de la creación del Ballet Municipal de Folklore, se debe prever la erogación que demanden los honorarios de Capacitación, servicios de traslados, viáticos y combustible, luces y sonido, actuaciones, vestuario y confección de vestuario, alojamientos y comida, suscripciones, insumos textiles y todo otro gasto inherente a la implementación del tema que nos ocupa;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Publico Municipal las creación del Ballet Municipal de Folklore.
ARTICULO 2º :La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se imputara a las Partidas de la Jurisdicción 1110111000, Secretaría de Cultura y Educación, Fuente de Financiamiento 110, Tesoro Municipal del Presupuesto General de Gastos vigente.
ARTICULO 3º :Refrenda el Sr. Secretario de Gobierno y Gestión Pública.
ARTICULO 4º: Comuníquese a la Secretaria de Cultura y Educación, Dirección de Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quien mas corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Regístrese y Archívese.