Boletines/Lincoln

Decreto Nº1232/16

Decreto Nº 1232/16

Lincoln, 12/04/2016

DISPONIENDO ABONAR ADICIONAL POR PRODUCTIVIDAD A LOS AGENTES QUE CUMPLEN SUS FUNCIONES EN LA DELEGACION DE MARTINEZ DE HOZ.

Visto

Que por Decreto Nº 342/16, se ha promulgando la Ordenanza de Presupuesto Nº 2244/16 sancionada por el Concejo Deliberante;

 

Considerando

Que dicho ordenamiento legal autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar al personal permanente y temporario, titulares de cargos electivos, Secretarios, Subsecretarios, Delegados Municipales, personal de bloques políticos del Departamento Deliberativo, Secretario y Prosecretario del Departamento  Deliberativo, cuerpos de asesores, Secretarios Privados e Inspector General, al personal municipal incluido en otros regímenes, salvo en los aspectos que ellos no hubieren previsto y funcionarios municipales para cuyo nombramiento y/o remoción, las leyes fijen procedimientos determinados; las retribuciones, bonificaciones, compensaciones, subsidios e indemnizaciones, que expresamente establecen la Ley 11.757 y la Ley 10430 y/ o cualquier otra norma que en su reemplazo o complementación se dicten en el futuro, facultando, así mismo a establecer, para determinadas actividades y/o funciones, horarios normales de labor, con una extensión mayor o menor de 6 horas diarias, con la determinación del salario básico respectivo, según el agrupamiento y las categorías del personal, tanto para el incluido en planta permanente, como el de planta temporaria.

Que es política de Gobierno destacar los progresos y méritos en cuanto a  Recursos Humanos;

Que los agentes municipales de la Delegación de Martínez de Hoz cumplen tareas en distintos sectores de la misma;

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN  EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Procédase a liquidarse en concepto de Adicional por Productividad por el mes de MARZO del corriente año, a los  Agentes Municipales, que a continuación se detallan:

LEGAJO

Apellido y Nombre

D.N.I.

Importe

 

3823/1

ARCHUVI, YOLANDA

14.988.273

$500

3467/1

BLANCO,MARIA GABRIELA

21.823.912

$1.500

3948/1

CID,JUAN CARLOS

11.213.363

$3.000

3/1

CUFRE,ALBERTO OSCAR

11.128.311

$2.000

5097/1

DUARTE,RODRIGO DAMIAN

32.206.676

$2.200

3185/1

ELOLA,PEDRO JOSE

24.254.479

$1.000

5173/1

FLORES MARCELO ABEL

36.628.401

$800

5335/1

FLORES, SILVIA GRACIELA

14.443.999

$2.500

5639/1

FRANCISQUE FELIPE ALBERTO

21.444.999

$1.650

304/1

IGLESIAS,CELICA MARIA

12.903.343

$2.000

3834/1

LOPEZ, NADIA YOLANDA

31.841.091

$1.000

3765/1

MALPELO, ROSA ITATI

26.931.660

$2.000

5177/1

MARTINEZ,MARIANELA CAROLINA

29.860.575

$1.580

2035/1

MURRILES,OSCAR

10.995.588

$1.000

3764/1

MUSSO,INES VICTORIA

24.533.807

$1.600

5198/1

PELIZZA,MARIO JAVIER

23.228.727

$2.750

2823/1

RAMIREZ,HECTOR ANIBAL

17.334.845.

$1.500

6165/1

ROLANDO, DANIEL

24.271031

$1.400

6425/1

SAN MARTIN DANIEL

28.329.762

$1.500

573/1

SANCHEZ,FABIAN HAROLDO

16.622.659

$5.000

3407/1

SCAMINACI,RUSSO JOSE ALFREDO

18.589.002

$1.000

3738/1

VERA MIGUEL ANGEL

30.291.432

$500

 

ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3º: Comuníquese a los interesados, Dirección General de Personal, Departamento Liquidaciones de Sueldos y a quien más corresponda. Regístrese y Archívese.-