Boletines/Lincoln

Decreto Nº1069/16

Decreto Nº 1069/16

Lincoln, 04/04/2016

DISPONIENDO LA CREACION DE LA DIRECCION DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES BAJO LA ORBITA DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO; ESTABLECIENDO SUS FUNCIONES Y SU DEPENDENCIA JERARQUICA Y DESIGNANDO A SU DIRECTOR

Visto

La necesidad de la creación de una Dirección de Informática y Comunicaciones en el ámbito de la Secretaria de Gobierno;

Considerando

Que en la actualidad existe una Oficina dedicada a dicha labor dentro del Municipio, pero la demanda existente sobrepasa sus posibilidades de generar soluciones a los requisitos tecnológicos que hoy necesita la Municipalidad para un correcto funcionamiento;

Que cada vez son más los programas que al ejecutarse requieren sistemas y aparatos informáticos, como asimismo la puesta en funcionamiento y el mantenimiento posterior por parte de técnicos especializados;

Que la municipalidad de Lincoln requiere en estos tiempos gran cantidad de aparatología, comunicación por redes, necesitando un área especifica capaz de garantizar la prestación integral de los servicios informáticos de comunicaciones en el ámbito del Municipio;

Que, ALEJANDRO MARTINELLI, presenta un amplio curriculum vitae en relación al tema, demostrando además desde que se desempeña como Jefe de Comunicaciones Ad Honorem gran capacidad en organización y liderazgo, como así también conocimientos técnicos;

 

 

Que en consecuencia y por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º:

Inc.a) Creación: Crease dentro del Organigrama Municipal la “Dirección de INFORMATICA Y COMUNICACIONES”

Inc b.) Dependencia Jerárquica: La Dirección de INFORMATICA Y COMUNICACIONES tendrá dependencia jerárquica y funcional de la Secretaria de GOBIERNO  de la Municipalidad, y su titular tendrá el rango de Director.

Inc.c) Funciones: Serán sus funciones:

  • Coordinar y procurar la disponibilidad de los recursos necesarios para la consecución de los proyectos y la atención de los servicios que brinca el área.
  • Definir políticas, estándares y metodologías generales para el funcionamiento integral de la actividad informática y comunicaciones tendientes a asegurar uniformidad de criterio y calidad de servicio, supervisando su elaboración, actualización y adecuada documentación.
  • Proveer soluciones tecnológicas que incluyan software, hardware, comunicaciones y demás componentes que permitan soportar los procesos de gestión y uso, posibilitando implementar políticas de crecimiento, integración y modernización.
  • Monitorear el cumplimiento de las actividades y la gestión de los requerimientos e incidentes de las áreas usuarias vinculadas a los sistemas informáticas y comunicaciones asegurando la calidad técnica y funcional.
  • Ordenar y asegurar la correcta implementación de los sistemas aplicativos e instalación del herramental necesario en las distintas Dependencias que integran el municipio.
  • Asegurar un control de la planificación y supervisión inherente al desarrollo  de las actividades de procesamiento de la información que se ejecutan sobras las diferentes plataformas que administra el Municipio.
  • Asegurar la confección y actualización de manuales de usuario y técnico de los sistemas aplicativos, así como intervenir en el control del inventario de los recursos a su cargo.
  • Determinar la necesidad de contratación de bienes y/o servicios informáticos a terceros, definiendo y haciendo cumplir las pautas técnica que deban contemplarse.
  • Monitorear la gestión de los proveedores de bienes y/o servicios informáticos marcando el cumplimiento de las pautas establecidas y señalando problemas y definiendo, dentro de sus facultades, soluciones a los mismos.
  • Asegurar el cumplimiento en sus dependencias, de las políticas, procedimientos y metodologías establecidas, incluyendo las que en materia de seguridad física y de protección de información se hayan dispuesto.
  • Representar al Municipio en las comisiones técnicas y antes los organismos y entes de control; en los aspectos vinculados con la tecnología y de comunicaciones.
  • Procurar la Actualización del conocimiento técnico de los recursos asignado, planificando y ejecutando, conjuntamente con las diversas áreas del Municipio, las actividades de capacitación y profesionalización del personal.

ARTICULO 2º: Designación: Desígnese como Director de la “Dirección de INFORMATICA Y COMUNICACIONES” al señor ALEJANDRO O. MARTINELLI, a partir del 1 de ABRIL de 2016, quien desempeña AD HONOREM en el cargo mencionado.-

ARTICULO 3º: Las Dirección estará integrada por las siguientes dependencias:

  • Microinformática (Oficina)
  • Soporte de Infraestructura & Comunicaciones (Oficina)
  • Proyectos, Desarrollos & Plataformas (Oficina)
  • Redes & Servidores (Oficina)

ARTICULO 4º: Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente serán imputadas al Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 5º: Refrenda el presente Decreto el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 6º: Comuníquese al funcionario designado, Secretaria Legal y Técnica, Dirección de Personal, Secretaria de Hacienda y a quien mas corresponda.- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal.- Regístrese y archívese.-