Boletines/Lobería
Decreto Nº 940-22
Lobería, 31/05/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza N° 2.585/21, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Hidalgo, ubicada en calle Burgos N° 444 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 25 de mayo de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizarán trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Hidalgo, ubicada en calle Burgos N° 444 de esta ciudad, a partir del 25 de mayo de 2022:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
- GUTIERREZ, CARLOS ALBERTO 24.186.778
- SAN MARTÍN, GUSTAVO ISMAEL 26.858.999
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detalla a continuación:
TAREAS MONTO
Demolición de cargas $ 1.562,86
Desmonte de techo parcial (chapas, clavaderas y aislante) $ 42.265,12
Techo parcial $ 187.857,56
Cargas revocadas $ 47.640,70
Colocación de babetas $ 16.323,67
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 295.649,90.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 254.258,91.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 35.477,99. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a Personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 940-22