Boletines/Rivadavia
Decreto Nº 431/2022
Rivadavia, 29/03/2022
Visto
Que por Decreto Nº 430/2022 se dictó el cese del agente municipal José Alberto LAZARTE con motivo de acogerse a los beneficios jubilatorios;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24º - inciso e) del Estatuto para el Personal de Municipal de Rivadavia – Ordenanza Nº 4022/17, corresponde proceder al pago del beneficio de Anticipo Jubilatorio;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Abónese al ex agente municipal Sr. JOSE ALBERTO LAZARTE, D.N.I. N° 13.985.760, la suma mensual de PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000.-) en concepto de Anticipo Jubilatorio, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24º - inciso e) de la Ordenanza Nº 4022/17.-
ARTICULO 2º.- El beneficio establecido en el Artículo anterior tendrá vigencia a partir del 01 de abril de 2022.-
ARTICULO 3º.- Déjase constancia de que las sumas que se abonen en concepto de Anticipo Jubilatorio serán con cargo de restitución, a deducirse de los haberes jubilatorios.-
ARTICULO 4º.- El monto resultante por la aplicación del artículo primero será imputado a la Cuenta que seguidamente se detalla:
ARTICULO 5º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
SERGIO JUAN ARANGUEZ JAVIER ULISES REYNOSO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal