Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13621/2022

Ordenanza Nº 13621/2022

Quilmes, 06/06/2022

VISTO: el Expediente Nº 4091-2032-S-21;

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones

tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.621/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 24 de Mayo del 2022, cuyo texto expresa:

 

 

VISTO

 

El Expediente Nº 4091-2032-S-2021, Ref.: las Leyes Provinciales Nº 14.806 y Nº 15.310, y las Ordenanzas Municipales Nº 12.567/2016, Nº 13.337/2020, Nº 13.465/2021 y Nº 13.558/2021, y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que por Ley Provincial Nº 15.310 se prorrogó por el plazo de dos (2) años a partir de su vencimiento la emergencia en materia de seguridad pública, política y salud penitenciaria para la totalidad del territorio de la Provincia de Buenos Aires, declarada originalmente por la Ley Nº  14.806, siendo su finalidad la de resguardar la integridad física y los bienes de todas las personas que habitan el suelo bonaerense.

 

Que por Ordenanza Municipal Nº 12.567/20 se procedió a adherir a los términos de la mencionada emergencia provincial en seguridad y política y salud penitenciaria, habiendo sido promulgada por Decreto Nº 2162/2016. Asimismo se procedió a declarar la Emergencia en Seguridad Pública para todo el territorio correspondiente al Partido de Quilmes por  un plazo de 180 días.

 

Que como resulta de público conocimiento, es dable constatar a diario la existencia de una considerable cantidad de hechos y episodios delictivos, algunos de los cuales con alto grado de violencia y agresividad, lo que exigió la adopción por parte del Municipio de soluciones concretas.

 

Que frente a tal situación, se sancionaron las Ordenanzas Nº 13.337/2020, Nº 13.465/2021 y Nº 13.558/2021, por las que se dispuso declarar y prorrogar el estado de emergencia en materia de seguridad pública en el Distrito, lo que permitió la adopción de un conjunto de medidas tendiente a  paliar tan apremiante escenario.

 

Que en tal sentido, cabe mencionar que se implementó el Plan Municipal de Inversión para la Prevención del Delito, en virtud del cual se incorporaron 50 camionetas, 40 móviles y 40 motos que fueron cedidos para su uso a la Policía de la Provincia, además de la adquisición de 30 vehículos para ampliar y renovar completamente la flota de la Patrulla Urbana.

 

 

 

Que asimismo se encuentra en curso la ejecución del Programa #AlertaQuilmes, por el cual se instalaron más de 600 dispositivos de alarma vecinal, equipados con la última tecnología, los que cuentan con un reflector de alta potencia, sirena y un sistema de perifoneo remoto que puede ser utilizado en forma autónoma o para emitir mensajes por medio de  un altavoz, reportando automáticamente al Centro de Emergencias Quilmes.

 

Que en adición a lo mencionado, el Partido cuenta al día de hoy con más de 500 equipos de vigilancia (videocámaras) instalados, como también con más de 26.000 luces LEO para modernizar y mejorar la eficiencia del parque lumínico de la ciudad y sus alrededores.

 

Que en esta instancia, y dada la complejidaq de la cuestión a resolver, se estima indispensable la adopción de un conjunto de medidas de similar tenor, en pos de contribuir a intensificar la seguridad ciudadana, eje central de la agenda de esta gestión de gobierno.

                                            Que las autoridades locales son aquellas que en cualquier

,Estado están más cerca de la vida cotidiana de las vecinas  y los vecinos, siendo por lo tanto las autoridades locales las que en primera instancia deben dar respuesta a las problemáticas que afectan la convivencia y seguridad de los ciudadanos.

 

Que a fin de garantizar la protección integral del derecho a la vida y a la propiedad de las personas, es necesario que .el Departamento Ejecutivo de Quilmes cuente con las herramientas y medios necesarios para la ejecución de acciones positivas tendientes a optimizar las condiciones de seguridad en nuestro Distrito.

Que la inseguridad en nuestro Distrito no distingue condiciones sociales, económicas ni políticas, por lo cual resulta indispensable velar por el interés y bienestar de las y los habitantes del Partido.

 

Que sin perjuicio de lo mencionado, el delito y la delincuencia en general afectan sensiblemente el segmento poblacional integrado por las y los trabajadores, jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas, quienes transitan cotidianamente las calles y espacios públicos, estando por lo tanto mayormente expuestos a la problemática que motiva la presente.

 

Que la pandemia producida por el covid-19 ha contribuído a profundizar y potenciar las condiciones de desigualdad social imperantes en el ámbito del Partido, aumentando de manera consecuente los hechos delictivos que el Estado en su conjunto debe prevenir, de manera de contener y cuidar efectivamente su población contra el flagelo del delito.

 

Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno y conveniente disponer la ampliación del plazo de vigencia de la emergencia en materia de seguridad pública para el Distrito de Quilmes, a través de la sanción de la correspondiente ordenanza municipal que así lo disponga, por un  plazo adicional de seis (6) meses a partir de su vencimiento.

 

                                                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

 

 

ORDENANZA Nº 13621/2022

ORDENANZA

ARTICULO : PRORRÓGASE la Declaración de Emergencia en Seguridad..... ....... ......... Pública declarada por Ordenanza Nº 13.337/2020, y prorrogada por sus similares Nº 13.465/2021 y Nº 13.558/2021, por el término de seis (6) meses desde su vencimiento.

ARTICULO 2º: ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo Municipal para..................... que, a través de la repartición  que corresponda, implemente a la mayor brevedad, las acciones que resulten en una seguridad preventiva e integral para todas y todos, entre otras:

 

 

  1. Profundizar la capacidad de trabajo del Centro de Emergencia de Quilmes (CEQ). Brindar capacitación constante a los operadores de las cámaras de seguridad municipales. Ampliar las zonas de vigilancia, de dispositivos de localización, salas de monitoreo y control, en todo el Distrito, y articularlas directamente con el CEO, así como, la instalación de cámaras monitoreadas, en las escuelas del Distrito.
  2. Promover, dotar y equipar de las herramientas para la prevención del delito, entre otras, cámaras nuevas y  alarmas comunitarias/botones antipánico para comerciantes y vecinos, siempre articuladas con el CEQ.
  3. Adherir a las Resoluciones Provinciales, entre otras medidas, que el Departamento Ejecutivo considere idóneas.
  4. Impulsar la plena coordinación entre la Estación de Policía de Quilmes con la Secretaría de Seguridad y Ordenamiento Urbano, como con las demás Secretarías, para la contribución al cuidado y protección de las vecinas y los vecinos de Quilmes.

 

  1. Gestionar el aumento de luces led, y mejora de la iluminación pública.

 

 

  1. · lmplementar  intervenciones  de  mejoras urbanas  y  programas sociales de prevención del delito.

 

 

 

 

  1. Supervisar con retenes los ingresos y egresos del Distrito, y brindar refuerzos en las zonas, donde según las denuncias  se produzcan más delitos.

 

ARTICULO 3º: ALIÉNTESE al Departamento Ejecutivo Local para solicitar, al..................... Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires, en las distintas localidades y barrios de nuestra Ciudad, la presencia de las demás Fuerzas de Seguridad de la Nación.

ARTICULO 4º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a que en función de la.....................emergencia  declarada,  efectúe  las  adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para atender los gastos que demande la implementación de los programas y acciones a adoptar.

ARTICULO 5º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a exceptuar del..................... procedimiento licitatorio aquellas compras y contrataciones que tengan por objeto el cumplimiento de los fines previstos en la presente declaración de emergencia.

ARTICULO  6º:  DETERMINASE que el  Departamento   Ejecutivo Municipal......................   remitirá    trimestralmente    a    la    Comisión    de  Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos del Honorable Concejo Deliberante, las políticas adoptadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de la emergencia declarada, para realizar el seguimiento y control de lo adoptado.

ARTICULO 7º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo en los términos del..................... Artículo 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades a reglamentar y arbitrar los medios necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza y paliar la Emergencia en Seguridad Pública declarada.

ARTICULO 8°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro..................... General y ARCHIVESE.-

 

 

QUILMES, 24 de Mayo de 2022.

 

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto:

 

 LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.621/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria  del día 24 de Mayo del 2022.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será  refrendado  por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1925/2022