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Ordenanza Nº13605/2022

Ordenanza Nº 13605/2022

Quilmes, 20/05/2022

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28352-2022;

 

2 O MAY 2022

 

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones

tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.605/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 10 de Mayo del 2022, cuyo texto expresa:

 

 

VISTO

El EXPTE. Nº 2-28352-HCD-2022, Presentado por la Concejala

PATRICIA CAPPARELLI, Ref.: Desde el año 1993, cada 12 de Mayo se celebra el Día Mundial de la Fibromialgia y del Síndrome de Fatiga Crónica, y

 

 

CONSIDERANDO

Que el 12 de Mayo fue designado Día Mundial de la Fibromialgia y el Síndrome de Fatiga Crónica en homenaje a Florence Nightingale, enfermera que quedaría postrada en su cama durante 50 años a causa de esta enfermedad. 

Que este día se conmemora con el objetivo de concienciar a la población acerca de estas enfermedades que padecen entre el 3% y el 6%  de la población mundial mayoritariamente mujeres en una relación 9:1, incluyendo también a jóvenes, adolescentes y niños. 

Que la iniciativa surgió de la mano de distintas Organizaciones y Asociaciones que, desde el año 2004, han buscado unir esfuerzos para divulgar y concienciar a los distintos Organismos Gubernamentales sobre esta enfermedad. 

Que se ha presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de Ley con el Número de Expediente  1369-D-2022 con el objetivo de incorporar al Programa Médico Obligatorio el conjunto de prestaciones básicas y esenciales para la cobertura del Síndrome de Sensibilización Central en pacientes, lo que comprende Fibromialgia, Sensibilidad Química Múltiple, Síndrome De Fatiga Crónica y Electrohipersensibilidad. 

Que el abordaje en torno a la. Sensibilización Central (Fibromialgia, SFC -Síndrome de Fatiga Crónica-, SQM -Síndrome Químico Múltiple- y EHS - Electrohipersensibilidad-) requiere de un cambio de paradigma y la promoción de los Derechos Humanos, lo que implica concebir la asistencia integral y tener en cuenta la calidad de vida de los pacientes y su contexto. 

Que resulta indispensable inaugurar espacios de divulgación y sensibilización social sobre la temática e incentivar a la participación activa de las personas afectadas, grupos relacionados,  organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, y garantizar la formación de recursos humanos especializados para su apropiada atención y comprensión. 

Que la Sensibilización Central y las enfermedades que las incluyen son de condición invalidante, discapacitante y de carácter crónico,  muchas personas luchan contra sus síntomas durante años sin recibir un diagnóstico apropiado. 

Que dicho síndrome afecta entre un 6 y un 1O % de la población mundial. 

Que en Argentina aún no ha llegado su reconocimiento oficial por parte del Estado, a pesar de que la OMS las ha reconocido desde 1975 y en los años 1992 y 2016; contemplándolas así en la Clasificación CIE 11, actualmente vigente. 

Que si bien pueden ser diagnosticadas desde la medicina generalista; en la actualidad se requiere de mayor especificidad abordándolo desde una perspectiva más integral para obtener así un diagnóstico más certero. 

Que sus características y la multiplicidad de síntomas comunes hacen necesaria la implementación de Programas Integrales y Multidisciplinarios con protocolos actualizados y diferenciados. 

Que el Síndrome de Sensibilización Central existe en una hiperexcitabilidad de las neuronas del sistema nervioso central a los distintos estímulos periféricos: dolor, olor, ruidos, alimentos, productos químicos, campos electromagnéticos, cambios de tiempo, estrés, infecciones, uso de fármacos, etc., que provoca una hiperrespuesta a éstos y que se mantiene en el tiempo a pesar de la desaparición del estímulo. 

Que cabe mencionar, que hasta un 70% de las personas con SFC cumplen criterios de Fibromialgia y el 30-42%, criterios de Sensibilidad Química Múltiple. 

Que también se estima que el 20-70% de las personas con Fibromialgia cumplen con criterios de SFC. 

Que a su vez, las consecuencias en las personas afectadas por Sensibilización Central hacen que, además de un problema de salud, esto se convierta en un problema social que puede conducir a la exclusión si no se garantiza su atención apropiadamente. 

Que los imaginarios sociales, el sistema de creencias, los mandatos sociales, el desconocimiento llevan a situaciones de discriminación y de violencia, de aislamiento social, de conflictos familiares; a ausentismos laborales frecuentes con la consecuente pérdida del empleo en plena edad productiva; al abandono de estudios, entre otras circunstancias generadas  por el paradigma vigente. La mayor prevalencia en mujeres hace de estas situaciones también un problema de género. 

Que en este sentido, el abordaje de la temática no  solo desde la perspectiva del campo de la salud, sino también desde el aporte que brinda la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, actualmente vigente, habilita a concebir y consagrar los Derechos Humanos, la Dignidad, el Derecho a la Vida, Trabajo y Empleo, Salud,  Accesibilidad, Igualdad y no Discriminación, al ampliar la mirada y tender nuevos puentes de conocimiento y comprensión en relación a la Sensibilización Central (Fibromialgia, SFC -Síndrome de Fatiga Crónica-, SQM -Síndrome Químico Múltiple- y EHS -Electrohipersensibilidad-).

 

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA Nº 13605/2022

 

ARTICULO 1º: DECLARASE de Interés Municipal el día .12 de Mayo "Día Mundial  de  la  Fibromialgia y el Síndrome de Fatiga Crónica."

ARTICULO 2º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar actividades  destinadas a concienciar a la población, como jornadas de información, actividades culturales y deportivas, charlas, seminarios y foros.

ARTICULO 3°: GIRESE una copia de la presente al:

  1. Ministerio de Salud de la Nación
  2. Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

QUILMES, 1O de Mayo de 2022.

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y                ·

Por todo lo expuesto:

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE  la Ordenanza Nº 13.605/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día  10 de Mayo del 2022.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será· refrendado  por el Sr. Jefe de Gabinete.- 


ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

 

Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                         Claudio H. Carbone

Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                        Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes                            Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1722/2022