Boletines/Campana

Resolución Nº11/22

Resolución Nº 11/22

Campana, 24/05/2022

Visto

El Decreto - Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades), la Ordenanza N° 6668, el Decreto N° 513/2021 “Estructura Orgánico Funcional de Ejecutivo” y su Anexo VIII, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, y el Expediente Municipal EX -2022- 00031987-MUNICAM-DGD#SMOD y;

Considerando

Que a orden 2 obra Oficio en los autos caratulados “PARDO, VANESA ELIZABET C/FOLCH, JUAN FRANCISCO S/ALIMENTOS (SE LE ACUMULA EL 66.747) Expte. Nº 27523, emitido por el Juzgado de Familia N° 1, del Departamento Judicial de Zarate – Campana, a cargo de la Dra. Gladys M. Di Prinzio, Secretaría Única conjuntamente a cargo de las Dras. Romina Paola Aguiar y Tatiana Gulián, sito en la calle Jean Jaures N° 731/735 de esta ciudad; donde se ordena retener en concepto de cuota alimentaria provisoria, el VEINTISEIS por ciento (26% - 13% por cada hijo) – de la totalidad de los ingresos que percibe el Sr. Juan Francisco FOLCH (D.N.I.: 24.741.825), previo los descuentos de ley.

Que la Dirección General de Asuntos Judiciales solicita a orden 4 cumplimentar con la manda judicial.

Que se ha cumplido con la revisión de la situación de revista del Sr. FOLCH, Juan Francisco por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, verificando que a la fecha es empleado activo del municipio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por la Ordenanza N° 6668 y la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Reténgase, por intermedio de la Dirección de Liquidaciones y Compensaciones, al trabajador FOLCH, Juan Francisco (D.N.I.: 24.741.825), legajo personal N° 7455, quien revista en la Planta Permanente de Personal, donde se ordena retener en concepto de cuota alimentaria el VEINTISEIS por ciento (26% - 13% por cada hijo), por el Juzgado de Familia N° 1, del Departamento Judicial de Zarate – Campana, a cargo de la Dra. Gladys M. Di Prinzio, Secretaría Única conjuntamente a cargo de las Dras. Romina Paola Aguiar y Tatiana Gulián, sito en la calle Jean Jaures N ° 731/735 de esta ciudad, en los autos caratulados “PARDO, VANESA ELIZABET C/FOLCH, JUAN FRANCISCO S/ALIMENTOS (SE LE ACUMULA EL 66.747) Expte. Nº 27523.

ARTÍCULO 2º.- Deposítese mensualmente por medio de la Tesorería Municipal, una vez cumplido con lo que antecede, dentro del plazo del 1 al 10 de cada mes, las sumas retenidas en virtud de lo establecido en el artículo 1°, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Campana, CBU 0140025027713652891245 Cta. 7136-027-5289124.

ARTÍCULO 3°. - Notifíquese por la Dirección General de Asuntos Judiciales, de lo dispuesto en esta Resolución al Juzgado de Familia N° 1, del Departamento Judicial de Zarate – Campana, a cargo de la Dra. Gladys M. Di Prinzio, Secretaría Única conjuntamente a cargo de las Dras. Romina Paola Aguiar y Tatiana Gulián, sito en la calle Jean Jaures N ° 731/735 de esta ciudad, en los autos caratulados “PARDO, VANESA ELIZABET C/FOLCH, JUAN FRANCISCO S/ALIMENTOS (SE LE ACUMULA EL 66.747) Expte. Nº 27523.

ARTÍCULO 4°. - Notifíquese a la Tesorería Municipal lo dispuesto en esta Resolución.

ARTÍCULO 5°. - Regístrese; notifíquese; comuníquese y archívese.