Boletines/Arrecifes
Ordenanza Nº 3365/22
Arrecifes, 13/04/2022
VISTO:
La Ordenanza 3.267, sobre adhesión del Municipio de Arrecifes a la Ley Nacional Nro. 26.873, sobre promoción y concientización pública de la Lactancia Materna y;
CONSIDERANDO:
Que, además del conocido “apego” y vínculo emocional madre e hijo, la lactancia materna presenta numerosas ventajas frente a cualquier otro tipo de alimentación durante los primeros dos años de vida de los niños, especialmente los primeros seis meses de vida. La Organización Mundial de la Salud señala que es la intervención preventiva que tiene más y mejor impacto potencial en la reducción de la mortalidad infantil, además, si la práctica es de exclusividad en los primeros meses, se aportan importantes nutrientes para el crecimiento y desarrollo que no son sustituibles con otra alimentación. La lactancia materna, también inmuniza a los recién nacidos y los protege de variadas infecciones respiratorias, enfermedades estomacales y otras dolencias.
Que, la Puericultura tiene como objetivo optimizar los cuidados del niño en todos sus aspectos, físico, emocional, mental y espiritual desde su concepción, vida intrauterina, nacimiento y los primeros años de su primera infancia.
Que, es una ciencia nueva, estructurada dentro de los últimos ciento veinte años, dedicada durante los primeros años exclusivamente a los cuidados físicos del niño privilegiando el logro de un cuerpo que crezca sano, centrado en la higiene, los beneficios de la lactancia materna y cuidados del niño. Luego este concepto fue cambiando y ampliándose.
Que, se ha profundizado en la integración de los diferentes aspectos del desarrollo del niño, en su desarrollo del físico, mental, afectivo, emocional, social y espiritual, pensado en relación a su familia y la cultura a la que pertenece, valorando su desarrollo como un ser con su propia individualidad. Las bases de la Puericultura surgen en Francia junto a Pierre Budin (1890) quien inició con un gran impulso a la Puericultura. Y paralelamente Paul Strauss fundó la Liga contra la mortalidad infantil, de la cual derivó la Escuela Central de Puericultura y años más tarde Adolfo Pinard (1898) formula las bases de la Puericultura, que comprendía la Puericultura antenatal (estudiando la herencia y la eugenesia), la Puericultora concepcional (higiene de la concepción y del parto).y la Puericultura tras natal (higiene de la infancia hasta la pubertad). Es desde el siglo XX, donde una afirmación de la Puericultura como ciencia acompaña la creación de instituciones tendientes a profundizar y divulgar su conocimiento. En 1940 se lleva a cabo el Primer Congreso Nacional de Puericultura, a partir del cual esta misma se fue afianzando como aspecto de la pediatría.
Que, desde el año 2000, la Puericultura se comienza a difundir y afianzarse como un rol profesional para la integración de equipos interdisciplinarios. El / la Puericultor/a es un agente de salud que tiene la función de facilitar y acompañar a los padres en el camino y proceso de crianza.
Que, específicamente su trabajo con las madres es ser facilitador/a de la función materna desde el embarazo, parto, puerperio y los tres “2019 – Año de la Exportación” primeros años de vida, brindando asesoramiento y acompañamiento necesario para esa diaria, incluyendo en el proceso de crianza a los distintos miembros de la familia. En relación al rol de las /los Puericultores en la lactancia materna, la institucionalización de los partos durante el Siglo XX, provocó la separación innecesaria de madres y bebes, lo que produjo un impacto negativo sobre la instalación de la lactancia, dado que afectó las tasas de lactancia exclusiva junto con la aparición de leches formuladas en reemplazo o complemento de la leche materna. A partir de estas situaciones, diversos grupos de mujeres alrededor del mundo restablecieron la cultura de la lactancia perdida durante varias décadas del siglo pasado.
Que, la labor de las Puericultoras y puericultores, surge de la necesidad insatisfecha de las personas gestantes, frente a la falta de un profesional específico, que atienda cuestiones relacionadas con la lactancia, la que, en conjunto con el puerperio, fueron quedando en un vació de asistencia durante largo tiempo.
Que, desde los años 90´, hasta la actualidad, la investigación sobre la composición de la leche y el valor nutricional y vincular de la lactancia han crecido exponencialmente, demostrando la insustituible calidad de la leche humana. Son numerosas las evidencias científicas que demuestran que las consecuencias de haber sido amamantado se reflejan en la salud física y mental de los individuos, incluso al alcanzar la adultez.
Que, las Puericultoras y Puericultores a través de sus conocimientos y habilidades, influyen de manera beneficiosa en la lactancia materna, mejorando las tasas de amamantamiento, logrando así que bebes y niños consigan una alimentación de calidad de la leche humana y bajen los riesgos de contraer enfermedades con alta tasa de mortalidad como las infecciones respiratorias.
Que, tanto la Organización Mundial de la Salud como UNICEF recomiendan que todos los niños reciban lactancia exclusiva durante los primeros seis meses de vida, y continúen la lactancia complementariamente con una alimentación adecuada hasta al menos los dos años de vida.
Que las Puericultoras y Puericultores, como profesionales sanitarios poseen conocimientos extensos sobre la fisiología, ventajas, técnicas y manejo clínico del niño amamantado a pecho, siendo capaz, no solo de intervenir al detectar alguna dificultad en la lactancia sino de pesquisar otros problemas que requieren la participación de otros profesionales, de la salud para abordar de manera integral.
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Salud o el área que crea competente, propiciará que tanto en el Hospital Municipal Santa Francisca Romana como así también en los diferentes Centros de Atención Primaria del Distrito, cuente con la figura de la Puericultora o Puericultor.
Artículo 2°: La figura de Puericultora o Puericultor en el ámbito de la salud pública tendrá como objetivos prioritarios:
Artículo 3°: Los gastos que demande la presente ordenanza serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto del Presupuesto de gastos y cálculo de recursos vigente.-
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 4º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
Arrecifes, 18 de Abril de 2022.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario