Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 507/2022
Adolfo Gonzales Chaves, 27/05/2022
Visto
El Expediente 4055-26-2022, Ref. TALLERES PROGRAMA JUEGOTECA “PIDO GANCHO”; y
Considerando
Que, en el Decreto Nº 69/2022 obrante a fojas 7, se establecieron los montos a percibir mensualmente por el personal que conforma el equipo de la Juegoteca “Pido Gancho”, desde el mes de Enero a Junio de 2022, inclusive;
Que, a fojas 15/16 se informa la baja de 1 integrante del equipo, a partir del 1º de Mayo de 2022, y la incorporación de 3 personas a la nómina del personal que conforma el equipo de la Juegoteca “Pido Gancho”;
Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Dejase sin efecto, a partir del 1º de Mayo de 2022, el pago mensual otorgado por Decreto nº 301/2022, a JENIFFER CIFARELLI, DNI Nº 35.411.477.-
ARTICULO 2º.- Abónese a las personas que a continuación se detallan, los siguientes montos por su trabajo en el Programa Juegoteca “Pido Gancho” perteneciente al Organismo de la Niñez y Adolescencia correspondiente al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires; que funciona en instalaciones del CIC (Centro Integrador Comunitario) de esta ciudad:
Pesos Doce Mil ($ 12.000) mensuales, a cada uno de ellos, desde el mes de Mayo hasta Junio de 2022, inclusive a:
ASTARGO Romina Giselle DNI Nº 38.533.957
LESCANO Daiana Belén DNI Nº 36.488.997
LOPEZ DE SABANDO Rocío DNI Nº 39.874.356
ARTICULO 3º.- Establecese que el pago mensual otorgado por Decreto nº 69/2022, a YAMILA RETAMOSO, DNI Nº 40.348.646, será de Pesos Doce Mil ($ 12.000), desde el mes de Febrero al mes de Junio de 2022, inclusive.-
ARTICULO 4º.- Los pagos deberán efectuarse con cargo a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación
ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-