Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº472/2022

Decreto Nº 472/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 17/05/2022

Visto

El Expediente 4055-7-2022, Ref. Solicita Ayudas Económicas Para Pago de Servicios a Personas Carenciadas; y

Considerando

La necesidad de dar respuesta concreta a las carencias emergentes de la situación por la que atraviesan las familias en estado de vulnerabilidad social;

Lo solicitado a fojas 145, 149, 157, 161, 164 y 166;

La constancia de deuda de servicios agregada a fojas 147/148, 150, 158/160, 162 y 167/168;

La Encuesta Socioeconómica de fojas 151, 163 y 165;

Lo informado por Contaduría Municipal a fojas 153/156 y 169/172;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otórguese ayuda económica a las personas que a continuación se detallan, para abonar servicios de la vivienda que habitan:

  • Pesos Diecinueve Mil Cuatrocientos ($ 19.400) a Laura Lucero, DNI Nº 22.028.632, De La Garma;

  • Pesos Cinco Mil Seiscientos Diez con 72/100 ($ 5.610,72) a Gustavo García, DNI Nº 25.076.270;

  • Pesos Diez Mil Quinientos ($ 10.500) a Paola Lorena González, DNI Nº 22.749.436;

  • Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000) a Verónica Yanina Menna, DNI Nº 26.277.953.-

 

ARTICULO 2º.- Otórguese ayuda económica a las personas que a continuación se detallan, para abonar servicios de la vivienda que habitan:

  • Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000) a Ariel Menna, DNI Nº 29.594.349, Legajo Nº 1697. El importe otorgado deberá ser descontado en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Quince Mil ($ 15.000), con los haberes del mes de Mayo, Junio y Julio de 2022, inclusive;

  • Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) a Carlos César Marcelo Giménez, DNI Nº 25.076.317, Legajo Nº 670. El importe otorgado deberá ser descontado en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Veinte Mil ($ 20.000), con los haberes del mes de Junio, Julio y Agosto de 2022, inclusive;

  • Pesos Doce Mil ($ 12.000) a Ignacio Alberto Prieto, DNI Nº 25.076.324, Legajo Nº 1176. El importe otorgado deberá ser descontado en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Cuatro Mil ($ 4.000), con los haberes del mes de Junio, Julio y Agosto de 2022, inclusive.-

 

ARTICULO 3º.- Los gastos mencionados en el Artículo 1º y 2º, se imputarán con cargo a las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente

Programa 16.06.00: Acción Social De La Garma

Fuente de Financiamiento 110: de Origen Municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

Jurisdicción 1110132000 Secretaria de Gobierno y Hacienda

Programa 21.17.00: Dirección de Acción Social

Fuente de Financiamiento 110: de Origen Municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería, Liquidaciones y Dirección de Acción Social.-

 

ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-