Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº827

Decreto Nº 827

Chivilcoy, 13/05/2022

Promulgacion Ordenanza N° 10209

Visto

la Ordenanza N°10209 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 12 de mayo de 2022, por la cual se convalida la adenda al convenio específico entre la Municipalidad de Chivilcoy y la Universidad Tres de febrero, y

Considerando

que se debe proceder a su promulgación en tiempo y forma.

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza N° 10209 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 12 de mayo de 2022 por la cual se convalida la adenda al convenio Específico entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Alejandro Britos y la Universidad de Tres de Febrero la cual tiene por objeto las siguientes claúsulas y condiciones a saber:

PRIMERA – Antecedentes;

Que el 20 de febrero del 2021, las partes suscribieron un convenio marco de Colaboración Académica a fin de llevar a cabo actividades de capacitación, asistencia técnica de intercambio recíproco de información tecnológica, todo ello a los fines de contribuir al cumplimiento de sus objetivos fundacionales de ambas instituciones públicas.-

Que el 25 de febrero de 2021 las partes suscribieron un convenio especifico que detalle el impulso en su distrito de la Licenciatura en Nutrición de la UNTREF (en adelante “LA CARRERA”) creada por resolución del Consejo Superior Nº 004/16 y con reconocimiento nacional del título otorgado por Resolución del Ministerio de Educación Nº 1046/17.

SEGUNDA; La presente adenda se celebra de acuerdo y en concordancia a las claúsulas y condiciones establecidas en los convenios suscriptos entre la UNTREF y la Municipalidad precitados que implican el acuerdo para el dictado de la carrera de Nutrición modalidad Semipresencial por parte de la UNTREF en la Localidad de Chivilcoy y su costeo por parte de LA MUNICIPALIDAD.

TERCERA; Para dar cumplimiento en 2022 de los compromisos asumidos, la Municipalidad abonará a la UNTREF el detalle citado en el Anexo I de la presente adenda.

La UNTREF se compromete a utilizar dichos fondos para abordar los costos implicados en la implementación de la Carrera Citada.

Asimismo, las Partes acuerdan que en caso de unificación comisiones a partir del segundo cuatrimestre 2022 se guiarán por el mismo cuadro siendo notificada LA MUNICIPALIDAD a través de una carta al Director de la Carrera por la Universidad Sr. Carlos Torres.

CUARTA; Los montos acordados para el costeo de la carrera tendrán actualización automática en función del ajuste que deban realizarse conforme se notifique paritarias de docentes universitarias.

QUINTA, Debido a que el dictado de LAS CARRERAS se organiza en cohorte “Cerrada” LAS PARTES acuerdan que continuaran generando estrategias conjuntas para la continuidad de las trayectorias como tutorías de apoyo para éxamenes finales que garanticen la posibilidad de continuidad de las trayectorias con ampliación de las oportunidades y espacios para que esto suceda cuyas condiciones de funcionamiento y costo serán definidos por las PARTES en una instancia ulterior.

SEXTA, la presente adenda respeta todas las claúsulas de los convenios firmados por lo que se mantiene vigencia individualidad propiedad intelectual y la totalidad de derechos y obligaciones convenidos. Según Expte. 4031-235133 Int. 1005 E.

Artículo 2º: Cúmplase, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese. –