Boletines/Chascomús

Resolución Nº118/22

Resolución Nº 118/22

Chascomús, 19/05/2022

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-157927/M caratulado “Situación Agente – OTERO Manuel”; y

Considerando

Que el mencionado agente es docente de la Escuela Primaria Municipal N° 2 “Hipólito Bouchard”.

Que el día 23.02.2022 presentó una nota respecto de sus derechos a las cuestiones sanitarias y laborales frente a la vacunación contra el COVID 19 y el pase sanitario.

 Según la Resolución conjunta 4/2021 del Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social “Los trabajadores y las trabajadoras convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación” (art. 3) y “Los trabajadores y las trabajadoras comprendidos en los artículos 1° y 2° de la presente medida que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudiere originar a los empleadores o empleadoras”.

De tal resolución surge que el gobierno Nacional ha tomado el camino de la concientización y no el de la obligatoriedad para la aplicación de la vacuna contra COVID-19 por lo que debe respetarse la decisión del agente.

Que el agente no ha presentado inasistencias en su lugar de trabajo desde el día de la presentación de su nota referida a cuestiones sanitarias y laborales.

Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que debe respetarse la decisión del Agente Otero respecto de su vacunación, no debiendo alterar la misma su situación laboral.

Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) que suscribe, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Respétese la decisión del agente OTERO Manuel, DNI: 26.624.939, respecto de su vacunación, no debiendo alterar la misma su situación laboral.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Educación, y agente.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y  archívese.-