Boletines/Chascomús
Resolución Nº 116/22
Chascomús, 17/05/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-158460/L, caratulado: “S/ cambio de contribuyente. S/Información Sumaria.”, iniciado por el Sr. Marcelo Alejandro LUCERO; y
Considerando
Que se presenta el Sr. Marcelo Alejandro LUCERO, DNI: 34.101.517, con domicilio real en calle Castelar N° 182 de Chascomús, con patrocinio letrado, constituyendo domicilio procesal en calle Remedios de Escalada N° 297 de Chascomús, solicitando cambio de contribuyente de las Tasas Municipales en relación al inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción V, Sección B, Manzana 69, parcela 16, Partida Inmobiliaria N°24.359, sito en la calle Pedro Boloqui N° 2504, entre las calles Dávalos y Guido Spano del partido de Chascomús (027).
Que a tales fines, acompaña copia de la sentencia de la Información Sumaria que tiende a acreditar la ocupación del inmueble descripto por parte del Sr. Marcelo Alejandro Lucero. (Ver fs. 3 del expediente administrativo referido en el visto).
Que la Información Sumaria tramitó por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, en los autos caratulados: “LUCERO, Marcelo Alejandro s/ Información Sumaria”, Expediente N° 28.154-15.
Que a fs. 4/5 del expediente administrativo, adjunta informe de dominio de la parcela 16, del cual surge como titular registral Olmos Ulises.
Que actualmente, conforme los registros municipales, figura como contribuyente de las tasas de la Partida Inmobiliaria N° 24.359, la Sra. Irma Alejandra María Olmos.
Que en consecuencia, con fecha 28 de Abril del año 2.022, se envió nota a la Sra. Irma Alejandra María Olmos, a los efectos de informarle que “…el Sr. Lucero, Marcelo Alejandro, ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Mza. 69, Parcela 16, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”
Que desde la Dirección de Catastro se ha informado que: “…se envió nota al contribuyente, siendo esta devuelta por el Correo Argentino (Dirección Insuficiente), luego le fue enviada por mail donde la Sra. Olmos Irma Alejandra María envío respuesta (Oponiéndose), adjuntando documentación respaldatoria de dicho bien…”
Que a fs. 10 se adjunta la respuesta a la nota recibida por mail de la Sra. Irma María Alejandra Olmos, en la cual manifiesta oposición a la ocupación del inmueble de marras por parte del Sr. Marcelo Alejandro Lucero.
Que en los registros municipales, obra la documentación respaldatoria de la parcela 16 a nombre de la Sra. Irma Alejandra María Olmos.
Que en consecuencia de lo expuesto la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta la oposición a la ocupación de la parcela 16 y en consideración la documentación obrante en los registros municipales (Cesión de Derechos Hereditarios, Poder General de Administración, etc.) a favor de la Sra. OLMOS, Irma Alejandra María, no corresponde hacer lugar al cambio de contribuyente de las Tasas Municipales de la Partida Inmobiliaria N° 24.359 , requerida por el Sr. Marcelo Alejandro Lucero
Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- No hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como Circunscripción V, Sección B, Manzana 69, Parcela 16, partida inmobiliaria número 24.359 (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal vigente), pretendida por el Sr. LUCERO Marcelo Alejandro, DNI: 34.101.517, manteniendo a la actual contribuyente, Irma Alejandra María OLMOS, DNI: 12.258.262, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, al peticionante en su domicilio de calle Castelar N° 182 de Chascomús y a la contribuyente al correo electrónico alejandram.olmos@gmail.com.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-