Boletines/Chascomús

Resolución Nº112/22

Resolución Nº 112/22

Chascomús, 17/05/2022

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-157348/A, caratulado: “Situación Titularidad de Terrenos II- E- 117- 117f- 3 y 4. Partidas 6615-6614”, iniciado por José Luis AZIMONTI; y

Considerando

Que se presenta Julio Alberto Alfonso LEZANA, DNI N° 21.772.649 por derecho propio y como apoderado de María del Carmen CUELLO, DNI: 3.782.820, a través del autorizado José Luis AZIMONTI, DNI: 33.173.664, domiciliado en calle Comodoro Rivadavia  N° 512, de la localidad de Adrogue, Partido de Almirante Brown, constituyendo domicilio electrónico fiscal en jo.adrogue@hotmail.com, solicitando cambio de contribuyente de las Tasas Municipales en relación al  inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección E, Chacra 117, Manzana 117f, parcela 3, Partida Inmobiliaria N° 6615, del partido de Chascomús (027), (ver fs.6/7 y 11/12 del expediente administrativo referido en el visto).

Que para tales efectos, acompaña segundo testimonio de la escritura N° 241, de compraventa celebrada entre la firma “Usina La Yalca, Romero y Esteves”, como vendedora y Julio Miguel LEZANA y María del Carmen CUELLO de LEZANA, como compradores, de dos lotes de terrenos ubicados en el Partido de Chascomús, nomenclados catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 117, Manzana 117f, Parcelas 3 y 4, Partidas Inmobiliarias N° 6615 y 6614, respectivamente, inscriptos al Folio 631/60 en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

Que asimismo, adjunta informe de dominio de ambas parcelas, del cual surge como titulares registrales Julio Miguel Lezana y María del Carmen Cuello de Lezana (ver fs. 8/10 y 14/17).

Que a fs. 25 del expediente administrativo, la Dirección de Catastro, informa que según las cedulas catastrales agregadas a fs. 19 y 22 al presente expediente, los titulares registrales se encuentran también registrados como titulares de las parcelas 3 y 4. 

Que de los registros municipales surge como contribuyente de las tasas de la Partida Inmobiliaria N° 6614, parcela 4, los Sres. Lezana, Julio Miguel y María del Carmen Cuello de Lezana. (ver fs. 23/24); y de la Partida Inmobiliaria N° 6615, correspondiente a la parcela 3, la Sra. MOSQUERA María Q, con domicilio en la calle Monroe N° 2083, Piso 5, depto A, de Capital Federal (ver fs. 20/21).

Que en consecuencia, con fecha 30 de marzo del año 2.022, se envió nota a la Sra. MOSQUERA, María Q, a los efectos de informarle que “…que el Sr. Julio Alberto Alfonso Lezana ha presentado escritura, informe de dominios, de donde surge que sus padres, los Sres. Julio Miguel Lezana y María del Carmen Cuello de Lezana, son titulares registrales del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 117, Manzana 117f, Parcela 3, Partida Inmobiliaria N° 6615,  que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”

Que la Dirección de Catastro informa, que la misiva enviada por el Correo Argentino, volvió al remitente, atento que el domicilio a notificar se encontraba cerrado, dejando aviso de visita sin que el mismo fuera retirado al vencimiento del pazo dispuesto.

Que en consecuencia de lo expuesto la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta la documentación respaldatoria presentada por el requirente y lo informado por la Dirección de Catastro a fs. 31, corresponde hacer lugar al cambio de contribuyente de la Tasas Municipales del inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 6615, consignándose como tales a Julio Miguel LEZANA y María del Carmen CUELLO de LEZANA, constituyendo domicilio fiscal electrónico en jo.adrogue@hotmail.com (conf. art. 12 bis O.F).

Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) que suscribe, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de  las tasas municipales que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 117, Manzana 117 f, Parcela 3, Partida Inmobiliaria N°6615 (027), consignándose como tales a Julio Miguel LEZANA y María del Carmen CUELLO de LEZANA, (conf. art. 1909 y concordantes del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal), constituyendo domicilio fiscal electrónico en jo.adrogue@hotmail.com (conf. art. 12 bis O.F), de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, a los peticionantes en el domicilio fiscal electrónico: jo.adrogue@hotmail.com.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-