Boletines/Chascomús

Resolución Nº95/22

Resolución Nº 95/22

Chascomús, 03/05/2022

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-149820/M, caratulado: “S/ Información Sumaria” iniciado por el Sr. MOLINA, Esteban Genaro; y

Considerando

Que se presenta el Sr. Molina, Esteban Genaro, DNI: 27.728.031, con domicilio en Avda. de Las Barrancas N° 348 de Chascomús, constituyendo domicilio electrónico fiscal en estebangmolina@hotmail.com, solicitando el cambio de contribuyente de las Tasas Municipales correspondiente al  inmueble denominado catastralmente como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.875, inscripto en la Matricula N° 6313, del Partido de Chascomús, haciendo su petición en su carácter de poseedora con ánimo de dueño.

Que acompaña copia del testimonio de la sentencia que aprueba la Información Sumaria que tiende a acreditar que el Sr. MOLINA, Esteban Genaro, ocupa el inmueble descripto.

Que el expediente judicial tramita ante el Juzgado de Paz letrado de Chascomús en los autos caratulados: “MOLINA, ESTEBAN GENARO s/ Información Sumaria”, Expediente N° 28.983-2015.

Que adjunta informe de dominio de la mencionada parcela, del cual surge como titular registral “La Aurora” Sociedad en Comandita por Acciones.

Que de los registros municipales surge consignado como último contribuyente LOMAS ALTAS S.A.

 Que en consecuencia, con fecha 07 de Septiembre de 2020, se envió nota  a LOMAS ALTAS S.A. a los efectos de informarle que “…el Sr. Esteban Genaro Molina ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela1, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”

Que la misiva fue devuelta al remitente, informando el correo argentino que la misma no se pude notificar en razón de que en el domicilio no responde persona alguna.

Que con fecha 25 de septiembre del año 2020, desde la Dirección de Catastro informan que respecto de la parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.8754, se procedió al cambio de contribuyente a nombre del solicitante MOLINA, Esteban Genaro, por aplicación del Decreto N° 99/2012.

Que teniendo en cuenta la documentación respaldatoria presentada por el peticionante y lo informado por el Correo Argentino, como así también lo informado por la Dirección de Catastro, quien efectuara el cambio de contribuyente, en relación al inmueble identificado como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.875, habiéndose omitido involuntariamente el dictado del acto administrativo pertinente, lo que así deberá efectuarse.

Por ello el Señor Secretario de Gobierno Interino (Juan Facundo Alfonsín), en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.-  Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela 1, partida inmobiliaria número 30.875 (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal vigente), pretendida por el Sr. MOLINA, ESTEBAN GENARO, DNI: 27.728.031, con domicilio en Avda. de Las Barrancas N° 348 de Chascomús y con domicilio fiscal electrónico constituido en estebangmolina@hotmail.com, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y al Sr. Esteban Genaro Molina en estebangmolina@hotmail.com.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-