Boletines/Chascomús
Resolución Nº 93/22
Chascomús, 03/05/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-157547/P sobre “S/ Información Sumaria” iniciado por el Sr. PEREYRA, Alejandro Javier; y
Considerando
Que se presenta el Sr. PEREYRA, Alejandro Javier, DNI: 23.005.558, con domicilio real en calle Larrea N° 1119 de Chascomús, con domicilio electrónico fiscal ana.rivero.2@hotmail.com, constituyendo domicilio procesal en calle Moreno N° 27 de esta ciudad, solicitando el cambio de contribuyente de las Tasas Municipales correspondiente a los inmuebles denominado catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Quinta 4, Parcelas 15, 16, 17 y 18, Partidas Inmobiliarias N° 6650, 6649, 6648 y 6647, respectivamente, sito en la calle De los Alelíes del Partido de Chascomús (027).
Que acompaña copia del testimonio de la sentencia de fecha 13/10/2021 que aprueba la Información Sumaria que tiende a acreditar que el Sr. PEREYRA, Alejandro Javier, ocupa los inmuebles descriptos.
Que la Información Sumaria tramitó por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, en autos: “PEREYRA, Alejandro Javier s/ Información Sumaria”, Expediente N° 38755-20.
Que asimismo, adjunta informes de dominios de las parcelas mencionadas, surgiendo como titular registral el Sr. Juan Bautista CARROZZINO, quien asimismo es el actual contribuyente conforme los registros municipales.
Que en consecuencia, con fecha 03 de marzo del año 2.022, se envió nota al Sr. Juan Bautista Carrosino, a los efectos de informarle que “…el Sr. Pereyra Alejandro Javier ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica de los bienes inmuebles denominados catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Quinta 4, Parcelas 15, 16, 17 y 18, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”
Que la Dirección de Catastro informa, que con fecha 07/03/2022, la misiva enviada por el Correo Argentino, volvió al remitente, atento que el domicilio resulta ser inexistente.
En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta la documentación presentada por el requirente y lo informado por la Dirección de Catastro, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de las Tasas Municipales de los inmuebles identificados con las Partidas Inmobiliarias N° 6650, 6649, 6648 y 6647, (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal vigente) consignándose como tal al Sr. PEREYRA, Alejandro Javier, DNI Nº 23.005.558 con domicilio en calle Larrea N° 1119 de Chascomús, y domicilio electrónico fiscal ana.rivero.2@hotmail.com (conf. art. 12 bis O.F).
Por ello el Señor Secretario de Gobierno Interino (Juan Facundo Alfonsín), en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan a los inmuebles nomenclados catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Quinta 4, Parcelas 15, 16, 17 y 18, Partidas Inmobiliarias N° 6650, 6649, 6648 y 6647, respectivamente, del partido de Chascomús (027), requerida por el Sr. Alejandro Javier PEREYRA, DNI: 23.005.558 (conf. art. 1909 y concordantes del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal), con domicilio en la calle Larrea N° 1119 de Chascomús, domicilio fiscal electrónico constituido en ana.rivero.2@hotmail.com (conf. art. 12 bis O.F), de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y al Sr. Alejandro Javier PEREYRA.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-