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Decreto Nº543/22

Decreto Nº 543/22

Chascomús, 31/05/2022

ARCHIVO EXP. 4030-158207, ACTUACION PRESUMARIAL ÁREA LEGALES

Visto

El Expediente  Administrativo  Nro.  4030 – 158207 caratulado  “ACTUACION PRESUMARIAL  EN EL AREA DE LEGALES”; y

Considerando

Que  mediante Nota presentada por la Srta. Cecilia Miguez, en fecha 22 de Marzo de 2022, le  hace saber  a la Directora de Asuntos Legales, Dra. Vallejo  que  el día 17 de Marzo por la mañana  un empleado del Palacio  le alcanza a la oficina en la que se desempeña  junto a unos medicamentos el cambio de la compra, lo guarda en la billetera.

Que dentro de la misma pero en otro compartimento acomoda tres (3) papeles de $1000, lo que da un total de $3000, recaudados para la compra de un regalo de otra compañera de trabajo.

Que al llegar a su domicilio y darle dinero a uno de sus hijos observa un billete suelto dentro de la billetera y los otros dos faltaban.

Que llama inmediatamente a la Directora del área para solicitarle si podía constatar  que no se hubieran caído dentro de la oficina.

Que a raíz de lo sucedido otra persona le informa que ha pasado por lo mismo no habiendo informado en razón de no saber quién  había estado ni cuándo se lo habían sustraído.

Que se mandó a realizar actuaciones presumariales ponderándose que si bien se trataba de  un faltante de dinero de índole particular dado en custodia a una agente para un fín determinado, el mismo habría ocurrido en el lugar de trabajo, en el que ingresan personas ajenas al lugar,  pero que se encuentran de manera permanente el personal de la dependencia.

Que habiendo aceptado el cargo de Instructora  sumariante  se procede a tomar declaración testimonial al personal que se encontraba presente conforme surge a fs. 1, y al resto del personal de la dependencia informada a fs. 10.

 Asimismo atento la existencia de cámaras de seguridad en el hall de Planta Alta del Palacio Municipal, se solicitó informe a la Dirección de Modernización respecto a la existencia de cámaras de seguridad y el envío de las grabaciones.

A fs. 12 el Director  Calabró informa que el equipo de grabación tiene un período que ronda los 30 días de almacenamiento, por lo que no existen grabaciones de la cámara solicitada de fecha 17/03/2022.

Que a fs. 13/17 constan declaraciones testimoniales (Ferreyra Marcela, Mazzanti María Victoria, Bensi Tomas, Vallejo Soledad y Calonge Verónica) de las mismas no surge ningún elemento  que permita dilucidar el hecho denunciado y si el mismo ocurrió en el lugar de trabajo.

Que  la Instrucción ha dictaminado  que  siendo imposible la identificación del o los autores así como la existencia del hecho  en el ámbito municipal, deberá procederse al archivo de las  actuaciones.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Archívese la investigación Presumarial  por faltante de dinero en el área de Legales el día 17 de Marzo de 2022.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada  y Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-