Boletines/Chascomús

Decreto Nº515/22

Decreto Nº 515/22

Chascomús, 17/05/2022

TITULO EJECUTIVO

Visto

El Expediente Administrativo 4030-147623/Q, Caratulado: “Quiroga, María Inés c/ Induplack SA e Iwin S.A s/ Denuncia Ley” iniciado por la Sra. Quiroga María Inés ante la Oficina Municipal de Información del Consumidor; (OMIC); y

Considerando

Que a fojas 44/47, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer a INDUPLACK S.A, C.U.I.T. 30-71047340-0, con domicilio en calle Paso numeral 2549, Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires, una MULTA de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) y a  IWIN S.A, CUIT Nº: 30-71450239-1, con domicilio en calle Montiel N°1975 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una MULTA de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00), por infringir ambas los arts. 19 y 45 de la ley Nacional Nº 24.240 y 48 de la Ley Provincia Nº 13.133, más la reposición en concepto de tasa de actuación (sellado fiscal), la suma de Pesos Cuatro Mil Ciento Treinta y Ocho con Once Centavos ($4.138,11)  a cada uno de los infractores.

Que dicha multa debía abonarse en el plazo improrrogable de 10 días hábiles de notificada la sentencia y depositar ante una cuenta bancaria del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6942, en pesos Cuenta 9007/2, CUIT 30-99926759-5, CBU 0140331001694209000728, “Municipalidad de Chascomús”, debiendo el infractor  presentar el comprobante de depósito ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sita en calle Dorrego Nº 229 de Chascomús, caso contrario se remitirán las actuaciones al Área de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chascomús para iniciar juicio de apremio en procura de su cobro.

Que a fojas 49/54 del Expediente Administrativo 4030-147623/Q,  obran  constancias de cédulas de notificación que se enviaron a los infractores, bajo los números CU 505067855 y CU 505067864 en la que se transcribió la mencionada Disposición, sin que se procediere a su complimiento o depósito.

Que en consecuencia, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.

En este sentido, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente por la multas impuesta a la firma INDUPLACK S.A, C.U.I.T. 30-71047340-0, con domicilio en calle Paso numeral 2549, Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires, de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00) y a  IWIN S.A, CUIT Nº: 30-71450239-1, con domicilio en calle Montiel N°1975 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Pesos Treinta Mil ($ 30.000,00), con más  la suma de Pesos Cuatro Mil Ciento Treinta y Ocho con Once Centavos ($4.138,11) a cada uno de los infractores, dispuesto en el marco del Expediente Nº4030-147623/Q, de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría  Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de información al Consumidor y Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-