Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5637/22
Chascomús, 12/05/2022
VISTO:
La necesidad de denominar una arteria de la ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que existe en la Circ.II, Secc.A, Ch.1, Fr.II, Pc.2, una subdivisión aprobada por el plano 27-19-19 que ha generado un nuevo loteo.-
Que se hace necesario aprobar la denominación de calles para que en el corto tiempo no se obstruya la prestación de servicios básicos necesarios para el desarrollo normal de la comunidad.-
Que la calle corre entre las calles Orzali y Santiago Roca por una extensión de dos cuadras, nace al este lindando con calle Orzali; al sur con Circ.II, Secc. A, Ch. 1, Fr. II, Pc. 1, Circ. II, Secc. A. Ch. 1, Mz. 1d, Pc. 18, calle Pedro Barbosa, Circ. II, Secc. A, Ch. 1, Mz. 1e, Pcs. 1 y 13; al oeste con calle Santiago Roca y al norte con Circ. II, Secc. A, Ch. 1, Mz. 1c, Pc. 1.-
Que, siguiendo la temática tomada con anterioridad a la presente, se dieron nombres de calles mencionando distintos Intendentes de nuestro partido en la zona de la arteria a denominar.-
Que entre aquellos primeros hombres se encuentra Esteban DOARTERO, quien primero ocupó el cargo de Concejal, siendo vicepresidente de dicho cuerpo en el año 1890, para luego ser electo Intendente desde el 25 de septiembre de 1894 hasta el 11 de abril de 1895 y desde el 30 de septiembre de 1905 hasta 15 de enero de 1906.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Denomínese con el nombre de Intendente Esteban DOARTERO a la arteria que nace en la calle Orzali y termina en la calle Santiago Roca, por una extensión de dos cuadras, naciendo al este lindando con calle Orzali; al sur con Circ.II, Secc. A, Ch. 1, Fr. II, Pc. 1, Circ. II, Secc. A. Ch. 1, Mz. 1d, Pc. 18, calle Pedro Barbosa, Circ. II, Secc. A, Ch. 1, Mz. 1e, Pcs. 1 y 13; al oeste con calle Santiago Roca y al norte con Circ. II, Secc. A, Ch. 1, Mz. 1c, Pc. 1.-
ARTICULO 2°.- De forma.-