Boletines/Chascomús

Decreto Nº506/22

Decreto Nº 506/22

Chascomús, 16/05/2022

CESE

Visto

El Expediente Administrativo Nro. 4030 – 157088/M Caratulado “SITUACION AGENTE. YANIBELLI ELENA BEATRIZ”; y

Considerando

Que mediante ME - 2022-00001202 - Chascomús - DCH#SG obrante a fs. 1 hace saber la Directora de Capital Humano en relación a la agente Yanibelli Elena Beatriz,  Legajo N° 4646,  que oportunamente se realizó Junta Médica por Incapacidad  que fuera elevada a la Dirección de Salud Ocupacional del Ministerio de Jefatura de Gabinetes de Ministros, quien dictamino un porcentaje resultante que no alcanza para acceder a  una jubilación por incapacidad, convocándola para reincorporarse a trabajar en el Área de Ingresos Públicos. Que al no presentarse fue convocada telefónicamente no presentándose a trabajar. Que el día 7/01/2022 fue citada para mantener entrevista en el Hogar de Tránsito y no se presentó. Que la misma no se ha presentado a trabajar y no ha justificado sus ausencias”

Que con fecha 27 de Enero de 2022 se envía CD145513011 al agente  que dice “ Dirijo a UD la presente  en mi carácter de Apoderada  de la Municipalidad de Chascomús, atento a que UD. ha incurrido en más de cinco (5) inasistencias consecutivas sin previo aviso, no habiéndose presentado a trabajar desde el día 7 de Enero, por ello la intimo a que se reintegre a sus  tareas habituales en el área de Ingresos Públicos, dentro del término de un día hábil subsiguiente de haber recibido la presente, bajo apercibimiento de quedar incursa en abandono de cargo y decretarse su cesantía de conformidad con lo dispuesto por el art. 108 de la ley 14.656 “ Fdo. Abog. Ma. Soledad Vallejo. Directora de Asuntos Legales.

Que mediante ME-2022-00001675-CHASCOMUS-DCH#SG hace saber la Directora de Capital Humano que “Se informa que el día 1/02/2022 se presentó en la Oficina de Capital Humano la Sra. Yanibelli Elena Beatriz, DNI 18.543.081, con una historia clínica de su medica de cabecera indicando que no podía trabajar por ser paciente de riesgo para COVID. Dado que para su patología, estas licencias no se encuentran vigentes actualmente, y que la Sra. se encuentra vacunada, se le indica que debe volver a trabajar. Manifiesta que el transcurso del día concurrirá a su médico para solicitar certificado médico que acredite una licencia que presentará el día de mañana en el Área de Medicina Laboral”.

Que a fs. 6 obra ME-2022-00006621-CHASCOMUS-SH del Sr. Secretario de Hacienda donde dice “Por el presente vengo a informar que la Agente Elena B. Yanibelli, Legajo N° 4646, no está prestando servicios en el Área de Notificaciones, dependiente de la Dirección de Ingresos Públicos, como así tampoco asiste desde el 13/04/2022 a cumplir las tareas de mayordomía que se le habían asignado en el palacio municipal no habiendo justificado sus ausencias al día de la fecha. En virtud de lo expuesto, se solicita se intime a dicho agente para que se presente en su lugar de trabajo o se realice el trámite que considere corresponde”.

Que consecuentemente el día 5 de Mayo de 2022 se le intima  mediante CD Nro. CDM0040240(9) en los siguientes términos  “… atento que Ud. ha incurrido en más de cinco  (5) inasistencias consecutivas sin previo aviso, no habiéndose presentado a trabajar desde el día 13 de Abril , por ello intimo a que se reintegre a sus tareas dentro del término de un día hábil subsiguiente de haber recibido la presente, bajo apercibimiento de quedar incurso en abandono de cargo y decretarse su cesantía de conformidad con lo dispuesto por el art 108 de la Ley 14.656”.

Que conforme se desprende del registro de la empresa OCA obrante a fs. 9, el agente ha sido notificado con fecha 6/05/2022.

Que conforme surge del legajo la misma se desempeñaba como personal planta permanente cumpliendo funciones en la Dirección de Ingresos Públicos.

Que hace saber a fs. 10 y conforme las averiguaciones pertinentes, la Dirección de Ingresos Públicos que la misma no se ha presentado a trabajar.

Que luego de la intimación realizada el Agente continuo ausentándose sin justificativo, alguno por lo que se impone el art.108 de la Ley 14.656, que dispone “El trabajador que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimara para que se reintegre  a sus tareas dentro del término de 1 día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretara su cesantía, salvo cuando pudiera justificar valedera y suficientemente la causa que hubiere imposibilitado la respectiva comunicación“.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino que habiéndose intimado fehacientemente a la agente a reincorporarse a su puesto de trabajo, habiendo incurrido nuevamente en más de cinco inasistencias consecutivas injustificadas, corresponde declararla incursa en abandono de su puesto de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el art 108 de la Ley 14.656, y en consecuencia decretar su cesantía.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Decrétese la cesantía de la agente YANIBELLI  ELENA BEATRIZ, DNI 18.543.081 Legajo N° 4646 haber incurrido en más de cinco inasistencias consecutivas sin justificación y haberse configurado el abandono de puesto de trabajo de conformidad con lo prescripto por el art. 108 de la Ley 14.656.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Dirección Ingresos Públicos, Dirección de Capital Humano, Oficina de Liquidaciones y Sra. YANIBELLI ELENA BEATRIZ.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-