Boletines/Chascomús
Decreto Nº 502/22
Chascomús, 16/05/2022
FE DE ERRATAS DERETO 403/22
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-150183/A, caratulado “Alfonsín Agustín c/ Kronos Bazar s/ Denuncia Ley”, el Decreto 403/22; y
Considerando
Que a fojas 33/35 del Expediente Administrativo N°4030-150183/A, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer una multa una MULTA de Pesos CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($57.800) a KRONOS BAZAR, por la infracción al art 11 de la Ley Nacional Nº 24.240, más la reposición en concepto de tasa de actuación municipal de Pesos TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($3.291.68).
Que a fs. 45 consta la aclaratoria del Sr. Juez de Faltas disponiendo que la multa deberá ser soportada por el Sr. BERTOTTO Adrián Ariel C.U.I.T. 20-23521398-3.
Que en el citado Decreto 403/22 se cometió un error material involuntario consignándose de forma errónea el CUIT del Sr. BERTOTTO.
Que es una potestad de la Administración rectificar los errores materiales de hecho y los aritméticos en los que incurra conforme dispone el art. 115 de la Ordenanza General 267/80, pero también resulta ser una obligación.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Rectifíquese el artículo 1º del Decreto 403/2022 que quedará redactado de la siguiente manera: “Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente KRONOS BAZAR, titular de la firma BERTOTTO Adrián Ariel C.U.I.T. 20-23521398-3, con domicilio en Avenida Juan Domingo Perón N°185, Chascomús, Provincia de Buenos Aires, conforme MULTA de Pesos CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($57.800), con más la suma de de Pesos TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($3.291.68), dispuesta en el marco del Expediente Administrativo Nº 4030-150183/A, de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio”.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de información al Consumidor y Dirección de Asuntos Legales.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-