Boletines/Chascomús

Decreto Nº468/22

Decreto Nº 468/22

Chascomús, 04/05/2022

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030 - 151601/M Alcance (2) caratulado “Subsidio gastos de Acompañante Terapéutico. Plan de Trabajo y Presupuesto. Abril Diciembre 2022”; y

Considerando

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado debiendo controlarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio, tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-151601/M Alcance (2), para cubrir el pago de Acompañante Terapéutica de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS VENTIUN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES  ($ 421.863 ), a otorgarse  en CUOTAS  consecutivas conforme el siguiente monto: Abril y Mayo   PESOS CUARENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA  Y DOS ( $ 40.582 ); Junio, Julio y Agosto PESOS CUARENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y TRES ( $ 45.053), Septiembre, Octubre y Noviembre PESOS CINCUENTA MIL DIEZ ( $ 50.010)  y Diciembre PESOS CINCUENTA Y  CINCO MIL QUIIENTOS DIEZ ( $ 55.510),  sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- Autorizase la percepción del subsidio otorgado por el presente decreto, a la Sra. PAULINI Graciela Elsa DNI Nº 21.925.810, debiendo depositarse las sumas correspondientes en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Chascomús Nº 6942, CBU: 0140331003694253246451.-

ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4., Fuente 110.-

ARTICULO 5°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Niñez y Adolescencia, Contaduría, Tesorería y beneficiario.-

ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-