Boletines/Chascomús

Decreto Nº450/22

Decreto Nº 450/22

Chascomús, 03/05/2022

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo N°4030-158299 caratulado “Solicitud de Subsidio para compra de materiales”; y

Considerando

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento a la peticionante y su grupo familiar con el otorgamiento de un subsidio para la compra de materiales necesarios para la construcción de parte del baño de la vivienda, y la revocación y ampliación del lugar donde se elaboran las viandas del comedor comunitario que funciona en el inmueble, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Abónese subsidio, tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-158299, para la compra de materiales para la construcción de parte del baño de la vivienda, y la revocación y ampliación del lugar donde se elaboran las viandas del comedor comunitario que allí funciona, en el inmueble sito en calle Luis Cané N° 143, entre calles Davales y Ezeiza, de la cuidad de Chascomús, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO con 40/100 ($ 24.444,40) a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.  -

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.2.1.0, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Políticas Comunitarias y beneficiaria.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social Interina (María Laura Bigatti).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-