Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2245
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/10/2021
VISTO la nota presentada por el Director General de Tecnologías, Gobierno Digital e Innovación a fs. 1, a efectos de aprobar y lanzar el Programa denominado Proyecto "Sand Box"; y,
CONSIDERANDO
Que Proyecto "Sand Box" busca la promoción de proyectos productivos para resolver desafíos actuales de interés general de la ciudadanía;
Que Proyecto "Sand Box" consiste en la selección de proyectos que en virtud de uno o más desafíos ingresarán a un programa de aceleración, incubación, mentoría, networking, asistencia técnica, capacitaciones para los desarrolladores y apoyo financiero mediante subsidios;
Que resulta necesario establecer los lineamientos para el Programa Proyecto Sand Box, para iniciar una convocatoria a emprendedores locales destinada a encontrar soluciones para temas de interés público;
Que es necesario efectuar la implementación del Programa, con su correspondiente Reglamento, que regule las condiciones que deberán reunir los emprendedores locales para el otorgamiento de un subsidio, y la aprobación de un modelo de Acuerdo de Asistencia Técnica y Financiera, a suscribirse entre el Municipio y quiénes resulten seleccionados en el marco del programa;
Que el Reglamento y el modelo de Acuerdo de Asistencia Técnica y Financiera cuentan con el visado del área legal;
Que el Presupuesto Municipal de Gastos para el Ejercicio 2021 prevé el otorgamiento de subsidios para la implementación del Programa Proyecto "Sand Box" bajo Fuente 110 Jurisdicción 1110101000 Cat. Prog. 01.05 Gasto 5.2.1;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º)– Implementar el Programa denominado Proyecto "Sand Box", cuyo objeto es la promoción de proyectos productivos orientados a encontrar soluciones a desafíos de interés público mediante la aplicación de ciencia y la tecnología; en todo conforme a los términos y condiciones del Reglamento, y aprobar el modelo de Acuerdo de Asistencia Técnica y Financiera a suscribir, que como Anexos I y II, respectivamente, se agregan y pasan a formar parte del presente decreto.
ARTICULO 2º)– Corresponderá a la Dirección General de Tecnologías, Gobierno Digital e Innovación la ejecución y convocatoria del Programa Proyecto Sand Box.
ARTICULO 3º)– Encomiéndase al Director General de Tecnologías, Gobierno Digital e Innovación el seguimiento y conformidad de las rendiciones de cuentas de los subsidios que se otorguen en el marco del presente programa.
ARTICULO 4º)– Cúmplase, publíquese, tome nota a sus efectos la Dirección General de Tecnologías, Gobierno Digital e Innovación, la Subdirección de Planeamiento Presupuestario, Contaduría, y toda otra dependencia que se estime conveniente; dése al R.O. y RESÉRVESE.