Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 781
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/04/2022
VISTO la nota presentada por la firma Bahía Transporte S.A.P.E.M., mediante la cual solicita un aporte de capital por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($17.480.000.-), en los términos del Artículo 5° de la Ordenanza 15.141; y teniendo en cuenta que dicho requerimiento tiene como objetivo mantener un mínimo equilibrio de las condiciones en que la empresa se desarrolla, pudiendo afrontar la crisis económico financiera que atraviesa la misma y, CONSIDERANDO:
Que la citada ordenanza de la cual se adjunta copia en el expediente de referencia, autoriza a la Municipalidad a realizar aportes de capital en su carácter de socia mayoritaria de la mencionada firma;
Que la firma Bahía Transporte SAPEM, de fojas 1 a 5 del presente expediente expone: “…Que, transcurridos dos años de pandemia muy difíciles para toda la sociedad, principalmente en el área de salud y en la economía del país, nos encontramos en un punto donde, si bien no es posible asegurar la superación definitiva del Covid-19 ante la respuesta positiva de la campaña de vacunación, sí es aceptable decir que se ha avanzado mucho en la batalla contra el virus y que, a la fecha, la regresión del mismo es muy notable, pudiendo advertirse en el bajo número de contagios y decesos que se publican diariamente.
Que el retroceso de los contagios, el que se ha dado de forma paulatina y también con momentos críticos en su proceso, ha permitido que muchos sectores económicos se vayan recuperando en sintonía con el restablecimiento pausado de una relativa normalidad en torno a las recomendaciones y/o pautas sanitarias.
Que, en ese marco, ha sido muy complejo para al transporte público local en particular recuperar de los usuarios, la confianza necesaria para que éstos vuelvan a usar el colectivo como medio principal de movilidad atento que, en el transcurso de estos dos años, siempre ha sido un consejo muy difundido el evitar el uso del servicio público en cuestión por ser un foco de contagio del Covid-19, razón por la cual se adoptaron nuevos hábitos de traslado.
Que, como ha quedado reflejado en presentaciones anteriores y en relación a lo expresado en el párrafo anterior, la cantidad mensual de pasajeros transportados no ha alcanzado aún los niveles previos a la pandemia, circunstancia que es muy relevante para el desempeño de la actividad si se tiene en cuenta que el índice de pasajero por kilómetros (IPK), en la jurisdicción de Bahía Blanca y en tiempos normales, es relativamente bajo en comparación a otras localidades, situación que se agrava y que afecta de manera determinante el rubro en épocas extraordinarias, como ha sido este período de pandemia.
Que, como decíamos, si bien está resultando arduo el camino hacia el cumplimiento de la meta de recuperar, al menos, el nivel de pasajeros transportados antes del advenimiento de la pandemia mundial, es importante destacar que los datos que surgen del mes de marzo 2022 son muy alentadores.
Que, en este último sentido y como venimos informando mes a mes, haciendo el comparativo de pasajeros transportados en todo el sistema, con el último mes de marzo transcurrido sin afectación de la pandemia, que se corresponde con el año 2019, aún no se alcanza el parámetro esperado, pero sí es notable observar que la brecha se ha reducido considerablemente al situarse marzo 2022 a poco más del ochenta por ciento (80%) respecto a la cantidad de pasajeros de marzo 2019. Por su parte, respecto al año 2020 -primer mes donde se produjo el agravamiento de la situación sanitaria- se han recuperado pasajeros en más de un treinta por ciento (30%), y el dato interanual 2021 también es positivo considerando que la recuperación fue de más del cincuenta por ciento (50%).
Que, en cuanto a la recaudación por clearing, y en este caso haciendo la relación respecto al mes febrero 2022, hubo también un importante repunte, representando un aumento de poco más del cincuenta por ciento (50%) en marzo 2022, teniendo como fundamento principal el retorno a las clases presenciales de la educación primaria y secundaria desde el 1° de marzo; la vuelta también a la presencialidad del nivel terciario y universitario, con el consecuente regreso del receso estival de la mayoría de los usuarios del transporte.
Que, si analizamos el caso de Bahía Transporte SAPEM, también fueron positivos los datos: la cantidad de pasajeros, respecto a marzo 2021, aumentó poco más del cincuenta por ciento (50%), y en relación al mes pasado, un setenta por ciento (70%); en cuanto a la recaudación por clearing, la mejora fue del sesenta por ciento (60%) respecto a febrero 2022.
Que, habiendo referido sobre la información alentadora, es prudente reiterar que aún no se ha podido volver a la posición en que se esperaba estar a la fecha. Y también, es fundamental que se considere el esquema permanentemente atrasado en que se desenvuelven desde hace varios años, los subsidios que se liquidan a nivel provincial y nacional. Ello, porque desde fines del año 2018, la responsabilidad de los subsidios al transporte público pasó del Estado Nacional al Provincial, sin que las jurisdicciones a cargo tengan la capacidad presupuestaria para cubrir la erogación que la magnitud de esas compensaciones, al menos en el interior de la Pcia. de Buenos Aires, representan, dando por resultado tal situación, el retraso en la actualización de los montos asignados, los cuales recién comenzaron a modificarse en el año 2021, con pandemia mediante, y sin que a la fecha se haya formalizado un aumento correspondiente al año 2022, con el correlativo aumento en los principales insumos -como combustible y repuestos- y habiéndose comenzado a cumplir con las paritarias dispuestas en el marco del CCT UTA para este año. El Estado Nacional, por la crisis sanitaria, complementó a las empresas con liquidaciones de subsidios a través del Fondo Compensador Covid-19 el que, si bien ha representado gran alivio para las prestatarias, tampoco ha sido suficiente para salvaguardar el equilibrio financiero de las empresas.
Que, en línea con lo dicho en anteriores presentaciones y habiendo destacado la mejora en la performance del servicio en análisis, concluimos en que la problemática en el área continúa vigente atento la complejidad de brindar las prestaciones con un nivel de usuarios por kilómetro que, en la ciudad de Bahía Blanca, siempre fue bajo respecto a los parámetros normales y que, como decíamos, aún no consigue adquirir los niveles previos a marzo 2020; y con una estructura de subsidios nacionales y provinciales que no se encuentran a la altura de las necesidades demandadas por las compañías, con un trato muy dispar respecto al que se le da al AMBA y que tantos inconvenientes nos genera.
Que, no obstante, y como se ha reflejado en todos estos meses, los actores que forman parte del servicio siempre consideran que, al ser público, el mismo no es pasible de interrupción más allá de lo indispensable, por lo que el mantenimiento de las trazas activas ha sido prioridad tanto para el municipio como para las responsables de su efectiva prestación. En este sentido, y atento que se ha realizado un nuevo diagrama de frecuencias en todas las líneas para atender la demanda prevista con el inicio de las clases presenciales, tanto para los escolarizados como para universitarios y terciarios, y por la asistencia de los usuarios a sus lugares de trabajo, es que las compañías están redoblando sus esfuerzos para poder cumplir con esas directivas.
En consonancia con este punto, siempre resaltamos el fuerte compromiso del Municipio, de las empresas y de sus trabajadores, para que el servicio pueda continuar brindándose con normalidad a pesar de las dificultades económicas y financieras que se atraviesan, y ello en virtud de que los participantes del rubro comprenden la importancia que tiene el medio de transporte para toda la comunidad.
Que, asimismo, destacamos el rol fundamental que está cumpliendo el Municipio atendiendo los requerimientos tanto de las empresas, para poder transitar esta difícil situación, y de los usuarios, quienes necesitan de las unidades y sus trazas para poder cumplir con sus obligaciones. En ese sentido, resaltamos la sanción de la Ordenanza Nª 20.549 que modifica el Art. 1° de la Ordenanza N° 20.537, estableciendo la actualización del valor de la tarifa para el transporte público urbano de pasajeros. En ese esquema, la diferencia entre el importe del Art. 1° y el Art. 2° de la Ordenanza N° 20.537 que estipula la actualización del valor que paga el pasajero -la cual comenzó a regir a partir del 27/12/2021- es compensada por el municipio bajo las condiciones allí establecidas, para que el escenario de excepción que rodea la actividad y que generan un déficit específico de la pandemia, no recaigan sobre el usuario y, asimismo, se evite una profundización en la crisis del sector. Para esta compañía, en el corriente mes y en base a los datos de marzo 2022, dicha compensación representa casi la suma de pesos un millón novecientos mil ($1.900.000,00).
Que la decisión del aumento tarifario resultó esencial para que el precio del pasaje no se atrase y permita continuar con la readecuación del equilibrio entre los costos del servicio y la recaudación de las compañías, colaborando así con su recuperación económica y financiera.
Que también la compensación por gratuitos transportados en el sistema, en la proporción que corresponde según la contemplación que se tuvo al realizar el estudio de costos por el cual se fijó la tarifa vigente, resulta de gran ayuda para las prestatarias.
Que, por su parte, es fundamental destacar el esfuerzo de las compañías responsables directas del servicio, las que aportan toda su capacidad económica, financiera, laboral, técnica para poder cumplir con las indicaciones de la Secretaría Municipal con competencia en el área. Como venimos subrayando siempre, Bahía Transporte en particular, está realizando los mayores esfuerzos para poder mejorar su estructura empresarial y readecuar su situación económica y financiera a la coyuntura actual. Como hemos comentado en exposiciones previas, el Municipio mediante el Decreto N° 292/2021 finalmente resolvió revocar el permiso precario para la explotación de las líneas 502 y 504 de la que era titular esta sociedad, a partir del 1 de marzo pasado. Eso devino en la reducción de la nómina de personal, proceso que había comenzado en el año 2020 con el traspaso de empleados y la cesión de la administración de los parquímetros a la Secretaria de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, complementándose a principios de este mes, con el traspaso de otros ocho (8) choferes a la empresa T.A. San Gabriel S.A., compañía que tomó a su cargo en el mes de marzo 2021 las líneas 502 y 504, y que requería de más personal para cubrir sus servicios. Asimismo, se ha convenido con todas de las prestadoras que, en caso de darse la baja de algún empleado que se encuentre bajo el CCT de UTA por razones de retiro por jubilación u otro motivo, se informe a esta empresa para analizar la posibilidad de efectuar el traspaso de personal que cubra dicha vacante, y continuar de esa manera con la optimización de los recursos humanos con los que hoy contamos.
Como consecuencia de la reducción en la cantidad de líneas a nuestro cargo, el ingreso por recaudación por pasajeros transportados y subsidios bajó significativamente a partir del mes de marzo 2021, y continuará en iguales parámetros en adelante, lo que en la inmediatez genera complicaciones de índole financiero por las obligaciones que se encuentran pendientes de cumplimiento como derivación principal de la crisis económica en el sector, pero que se espera sean superadas en los próximos meses de la mano del objetivo de reestructuración y saneamiento económico que venimos enumerando.
Que, además, seguimos trabajando con gran esfuerzo para optimizar los servicios de gerenciamiento, para que el servicio público de transporte evoluciones día a día y así alcanzar las expectativas que los usuarios tienen de él en este contexto de crisis; y mejorar también nuestra actuación en el ámbito del transporte, profundizando el control de stock del pañol y las compras que se realizan para su reposición; en la reorganización del personal y su afectación en áreas donde se requiere más eficiencia en la prestación.
Ahora bien, la prestación del servicio de transporte debe brindarse bajo ciertas pautas establecidas por la normativa que regula el servicio, representada por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la Prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros por Automotor, a través del cual se han cedido las líneas de transporte público local. Si bien Bahía Transporte no es adjudicataria, sino que es titular de la línea 519ª por otorgamiento de un permiso precario brindado por el Municipio, su marco regulatorio es el mismo que el vigente para la anterior compañía titular, y es en el Anexo I del Pliego donde se dispone un límite a la antigüedad de la flota afectada al rubro, según el cual, a la fecha, en promedio debería ser de cinco (5) años, con un máximo de diez (10) años por rodado. En la actualidad, la empresa cuenta con veintisiete (27) unidades, cantidad que se corresponde con la época en que se gestionaban las tres líneas, y en relación a las unidades que pudieron ser vendidas al momento del traspaso de las trazas, no pudiendo en aquel entonces transferir la cantidad de colectivos que deberían haberse cedido en función de los mínimos requeridos para las líneas 502 y 504, en virtud de que la nueva prestataria contaba con modelos más nuevos. Asimismo, en los tiempos que corren, no hay mercado interesado en la adquisición de unidades usadas; en efecto, las concesionarias no están tomando colectivos explotados como parte de pago para poder retirar otros modelos más nuevos o 0km. De los veintisiete (27) rodados, veintiuno (21) son marca Mercedes Benz, de los cuales veinte (20) son modelo 2012 y uno (1) es modelo 2009, y seis (6) son Agrale modelo 2018. Éstos últimos, no han tenido la respuesta que se esperaba al momento de la compra, por lo que se da mayor provecho y utilización a los Mercedes Benz a pesar de la antigüedad del modelo. En efecto, urge a esta sociedad comenzar con la renovación de los colectivos, no sólo para encuadrar como cumplidora de las reglas impuestas por el Municipio, sino también porque el desgaste propio del uso hace que el costo de su mantenimiento se vuelva insostenible en el tiempo. Es objetivo de la empresa poder vender los rodados de la que es titular, pero hasta tanto ello sea posible, no pudiendo retrasar más el proceso de recambio de las unidades 2012 por el estado propio de su uso permanente durante diez (10) años, y no habiendo otra alternativa que la compra por la inexistencia de mercado de permuta relatado previamente, es que es intención de la empresa adquirir en el corto plazo al menos tres (3) colectivos 0km, los cuales demandarían un desembolso inicial de pesos ocho millones doscientos mil ($8.200.000,00), el que debería realizarse en el corriente mes para hacer viable el cierre del acuerdo con la concesionaria y, de esa manera, fijar el precio, hecho fundamental ante el marco inflacionario que estamos atravesando. De hacerse efectivo dicho pago a cuenta, el convenio sería el siguiente: la compra de tres (3) unidades 0Km chasis OF 1621 con caja automática, carrozadas con Nuovobus tipo urbano, por un valor unitario de pesos dieciocho millones doscientos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta ($18.219.450,00), ascendiendo el total a pesos cincuenta y cuatro millones seiscientos cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta ($54.658.350,00), con el siguiente plan de cancelación: el pago a cuenta referido, pesos ocho millones doscientos mil ($8.200.000,00) a pagar con fecha límite 22/04/22; y el saldo de pesos cuarenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta ($46.458.350), a abonar en once (11) cuotas a partir de mayo, con el interés de financiación propuesto incluido, siendo las primeras dos (2) cuotas de pesos seis millones novecientos mil ($6.900.000,00) cada una, y las nueve (9) restantes de pesos cinco millones novecientos mil ($5.900.000,00) cada una. Creemos que es imperioso hacer efectiva esta inversión, para que la continuidad del servicio no se vea afectada a futuro por interrupciones y/o alteraciones que perjudiquen a esta sociedad y, por consiguiente, a los pasajeros de la línea.
Que, en orden a los ingresos, y en el marco de la venta de las unidades por el traspaso de las líneas al que ya hemos hecho referencia en otras oportunidades, en el corriente mes se percibirá el importe neto de pesos cuatrocientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 ($491.666,67).
Que en relación a los compromisos que se tienen, es necesario continuar con el cumplimiento de las obligaciones asumidas, como el pago de las unidades adquiridas para renovar la flota en el año 2018, cuyos vencimientos de valores de los próximos días supera ampliamente el millón de pesos ($1.000.000,00); por su parte, es preciso cancelar el saldo que se tiene con Telefónica S.A. para mantener sus servicios, que en abril implica un desembolso de pesos un millón ($1.000.000,00).
Respecto a las liquidaciones salariales, y como viene sucediendo desde el mes de mayo 2020, se está negociando con el gremio que engloba a los empleados que se encuentran bajo el CCT de UTA para continuar con la aplicación del Art. 223 bis LCT durante el año en curso. En este aspecto, debemos destacar la predisposición que está teniendo la entidad sindical mencionada para colaborar con las empresas.
En sintonía con ello, ya habíamos mencionado en otra oportunidad, el pre-acuerdo salarial celebrado en la jurisdicción de Bahía Blanca y como inicio de las conversaciones por las paritarias correspondientes al año 2022 en el marco del CCT de UTA, por el cual se pautó realizar en los haberes de enero y febrero, un pago a cuenta de futuros aumentos, los que representaron en el caso de los choferes pesos siete mil tres con ($7.003,63) para cada uno, y proporcional para el resto de las categorías. Luego, a mediados de marzo, se estipuló en el ámbito de CABA un acuerdo salarial para recomponer los salarios de los meses de enero y febrero, con una suma no remunerativa de pesos trece mil ($13.000,00) por cada período, pretensión que fue ratificada para las jurisdicciones del interior mediante el Acta suscripta el 11 de abril pasado. En tal contexto, y habiendo asumido las prestadoras el compromiso de abonar las sumas no remunerativas antes referida, y teniendo en cuenta los adelantos abonados es que, para Bahía Transporte en el corriente mes, los pagos de esas sumas representan pesos un millón cuatrocientos mil ($1.400.000,00).
Que este esquema de compromisos salariales significa un esfuerzo inmenso por parte de las prestadoras del servicio en cuestión, las que están realizando todas las actuaciones tendientes a evitar que, por la falta de cumplimiento de las cargas asumidas, se produzca un cese en la prestación por parte de los trabajadores quienes, por su parte, están a derecho para reclamar mejoras en sus ingresos.
Que, desde otra perspectiva, creemos importante recordar que los insumos básicos que permiten el funcionamiento del sistema, como ser combustible, lubricantes, neumáticos, repuestos de rápida reposición, entre otros, han sufrido subas significativas en su precio, y si bien sus proveedores contemplan la crisis económica que están atravesando todas las empresas del rubro, la mercadería se entrega en cuenta corriente con fecha determinada de vencimiento, siendo fundamental generar un círculo relativamente virtuoso de pago para obtener una rotación regular de mercadería básica para poder prestar el servicio.
Que las dificultades que se van repitiendo mes a mes para afrontar los pagos en diferentes puntos, generan en reiteradas ocasiones el atraso con ciertos acreedores que, ante la situación crítica generalizada del país, exigen la cancelación de los saldos para que puedan también sostener su cadena de pagos.
Que, respecto a las obligaciones asumidas ante la AFIP a través de la moratoria aprobada en el mes de agosto 2020 por Ley Nª 27.562, en el mes de febrero se vencen las cuotas de los planes adheridos que superan la suma de pesos novecientos mil ($900.000); y se deben abonar otros planes de regularización de deuda, sumado los cuales ascienden a la suma aproximada de pesos quinientos mil ($500.000). Asimismo, es objetivo de esta compañía continuar en una situación regular con ese organismo, por lo que prevemos abonar el F931AFIP del período 03/2022 aprovechando la oportunidad de estar liquidando los haberes bajo el Art. 223 bis LCT, resultando de ello una carga contributiva baja en relación a períodos normales, para evitar así un nuevo retraso en su cumplimiento. También es nuestro propósito no demorar los pagos que corresponden efectuar a la ART, siendo intención de esta sociedad abonar regularmente los importes que resultan del F.931AFIP, estimando un pago de pesos un millón ochocientos mil ($1.800.000,00) para este mes.
Que, de la enumeración de responsabilidades que se deberán afrontar en el mes en curso, podemos afirmar que son todas de trascendental importancia para poder mantener en orden el servicio a nuestro cargo, porque contribuyen al normal desarrollo del sector.
Que, como siempre aclaramos, es decisión firme de todas las prestatarias del transporte local acompañar y colaborar con el Municipio, aguardando una mejora en el proceso de normalización de la actividad económica, la cual se está viendo demorada conforme las estimaciones que para esta época se habían proyectado.
Que en esa línea y bajo las condiciones que imparte la Secretaría Municipal correspondiente, la prestación del servicio siempre se ha brindado de forma continua, sin alteraciones ni cortes que pudieran generar conflictos tanto con los usuarios como con los distintos sectores involucrados en el área.
Es objetivo de todos poder atravesar esta realidad extraordinaria que nos ha tocado afrontar; e insistimos que para que ello sea posible, es esencial que la estructura empresarial sea titular de una estabilidad económica y financiera mínima para no afectar el cumplimiento de las obligaciones que son de impostergable cancelación, y las cuales permiten que el servicio se brinde de forma normal y satisfactoria.
De acuerdo a la proyección de ingresos y egresos estimados para el mes de abril 2022 que como Anexo se acompaña, y cumpliendo sólo con las obligaciones mínimas, la empresa tendría un déficit mensual aproximado de pesos diecisiete millones cuatrocientos ochenta mil ($17.480.000,00).
Es muy importante que el municipio continúe brindando su apoyo en pos de no profundizar la crítica situación financiera de la empresa, cuyo diagnóstico sigue siendo muy complejo ante la merma de ingresos que se viene padeciendo desde hace dos años, hasta hace unos meses atrás como consecuencia directa de la pandemia mundial producida por el virus Covid-19, y ahora en conjunción con la repercusión que ha tenido en el comportamiento de los usuarios.
Es por lo expuesto, que solicito la realización de un aporte irrevocable de capital que permita asegurar la cancelación de los compromisos que no permiten dilatarse en el tiempo.
De prosperar lo solicitado, el importe del aporte irrevocable de capital debería ascender a la suma de pesos diecisiete millones cuatrocientos ochenta mil ($17.480.000,00) …”
Que, a los efectos de dar curso a lo solicitado, la firma ha adjuntado información y documentación complementaria y respaldatoria que permite analizar la necesidad del mencionado aporte irrevocable de capital;
Que, atento a todo lo declarado por la empresa y debido a la situación en la que se encuentra el transporte público de pasajeros por colectivo en la ciudad; es que se hace necesario ofertar en forma irrevocable un aporte a la Sociedad para los fines expuestos, quedando supeditada su aprobación por asamblea, quien deberá oportunamente, y cuando lo crea conveniente, aceptar o no esta oferta de aporte, lo que implicaría un aumento futuro de capital accionario;
Que lo dicho anteriormente debe llevarse a cabo, ya que, de no cumplimentarse esos pasos, se estaría violentando los derechos de preferencia y acrecer de los demás accionistas estipulados en la Ley 19.550 y en el estatuto;
Que siendo el Estado Municipal accionista mayoritario de la mencionada Empresa, entiende que dicha operatoria no reviste mayor riesgo económico, toda vez que la contribución dineraria se vea reflejada en cubrir los costos que demande el mantenimiento del sistema a los fines de sostener el mismo hasta tanto éste vuelva a su normal funcionamiento y siempre cuando estos estén absolutamente vinculados con el objeto social, y cumplan con las tareas encomendadas por el Municipio.
Que habiéndose corrido traslado del expediente de referencia a la Secretaría de Economía, la misma señala, que si bien dicho aporte no se encuentra contemplado en el presupuesto en curso, el mismo deberá ser compensado antes de fin del corriente año con mayor recaudación y/o economías de otras partidas; correspondiendo bajo esta condición otorgar el aporte irrevocable de capital requerido.
Por todo ello, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nro. 15.141, lo informado por la Secretaría Economía a fojas 23, el dictamen legal de la Secretaría de Gestión Urbana a fojas 24 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y del Departamento Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º)- Autorizar a la Contaduría General a abonar por medio de transferencia bancaria la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($17.480.000.-) a la Empresa Bahía Transporte S.A.P.E.M., en concepto de aporte de capital, en los términos del Artículo 5º de la Ordenanza Municipal N°15.141, los que serán ofertados en forma irrevocable ad referéndum de la correspondiente aprobación asamblearia. -
ARTICULO 2°)- El aporte indicado en el artículo precedente será imputado a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática. 16.00.00, Gasto 6.1.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3°)- Cúmplase, notifíquese a Bahía Transporte SAPEM, tomen nota la Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería y demás reparticiones que se estime pertinente, comuníquese vía nota al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento; cumplido: dése al R.O. y ARCHÍVESE.-