Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1155

Decreto Nº 1155

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/05/2022

VISTO la nota presentada por la firma Bahía Transporte S.A.P.E.M., mediante la cual solicita un aporte de capital por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL ($19.325.000.-), en los términos del Artículo 5° de la Ordenanza 15.141; y teniendo en cuenta que dicho requerimiento tiene como objetivo mantener un mínimo equilibrio de las condiciones económicas financieras que atraviesa la empresa y, CONSIDERANDO:

Que la citada ordenanza de la cual se adjunta copia en el expediente de referencia, autoriza a la Municipalidad a realizar aportes de capital en su carácter de socia mayoritaria de la mencionada firma;

Que la firma Bahía Transporte SAPEM, de fojas 1 a 4 del presente expediente expone: “…Que han sido reiteradas las oportunidades en que expusimos los conflictos económicos y financieros que atraviesan las compañías de transporte público urbano de la ciudad, que se han profundizado durante el tiempo de la pandemia, la que tuvo y tiene vigencia por un período que excede de los dos años y que, si bien tuvimos la buena fortuna de que pudo controlarse en tiempo ínfimo en comparación con la gravedad de la situación, ha sido suficiente para generar una profundización del déficit sin antecedentes en el servicio público en cuestión.

Que es de público y notorio que todas las compañías de transporte del interior de la provincia de Buenos Aires y de todo el país, excluyendo la zona del AMBA que, al tener un sistema de compensaciones nacionales diferente al general, se encuentran en una situación superadora a la nuestra, están reclamando desde hace tiempo, incluso antes del advenimiento del Covid-19, una mejora en las condiciones en la que se desenvuelve el servicio, atento que en la mayoría de las ciudades donde se brinda la prestación, no se percibe el sustento suficiente para poder mantener de forma equilibrada y sostenible, las trazas, las unidades y las obligaciones salariales.

 Que, en ese contexto, se plantea un nuevo escenario en la pos pandemia, o en la etapa de salida de la crisis sanitaria: en la ciudad de Bahía Blanca, habiéndose flexibilizado de forma casi completa las restricciones que se impusieron para resguardar la salud de la población, y en concordancia con lo que venimos expresando hace tiempo, la cantidad de pasajeros transportados en todo el sistema no ha alcanzado los niveles del año 2019 en ninguno de los meses que ya transcurrieron del 2022. En abril pasado, se transportaron en total, un millón ochocientos noventa y un mil ciento sesenta y tres (1.891.163) usuarios, y en el mismo período, pero del año 2019, la cantidad de pasajeros transportados fue de dos millones, seiscientos cincuenta mil ochocientos setenta y cuatro (2.650.874). De esos datos, se desprende que el sistema de transporte está funcionando, en la comparación de los años y meses referidos, a poco más del setenta por ciento (70%). En el mes de marzo, la brecha se había reducido en relación a iguales parámetros, escenario que retrocedió nuevamente. No obstante, en lo que a recaudación refiere, las compañías han logrado mantener casi el mismo nivel de marzo 2022, lo que resulta positivo atento no observar dicho retroceso en todos los puntos de análisis, al menos no en iguales proporciones. Respecto a los números interanuales de usuarios que utilizaron el colectivo, es decir, abril 2022 y 2021, la mejora fue muy positiva atento que está por encima del sesenta por ciento (60%).

Que, si analizamos el caso de Bahía Transporte SAPEM, la recaudación tuvo una leve caída respecto al mes inmediato anterior que representó, en promedio, el siete por ciento (7%); y la cantidad de pasajeros, respecto a abril 2021, aumentó más del setenta por ciento (70%), pero en relación al mes pasado y en concordancia con la baja en los ingresos, hubo una baja de transportados de alrededor del siete por ciento (7%).

Que como hemos expresado en anteriores exposiciones, ha sido muy complejo para el transporte público local en particular recuperar de los usuarios, la confianza necesaria para que éstos vuelvan a usar el colectivo como medio principal de movilidad quienes, en el transcurso de estos dos años, han adoptado nuevos hábitos de traslado.

En sintonía con lo que decíamos al comienzo y extendiéndonos un poco más sobre el asunto, es fundamental que se considere el esquema atrasado en que se desenvuelven desde hace varios años, los subsidios que se liquidan a nivel provincial y nacional a las prestadoras del servicio. La estructura sobre la cual se discute, se decide y se implementan las compensaciones dinerarias, es muy ineficaz en términos de resultados para las destinatarias de los beneficios. A la fecha, y desde el año 2018, la responsabilidad de pagar los subsidios de mayor monto, se trasladó del Estado Nacional al Provincial, y atento la escasez de presupuesto asignado al rubro, existe un retraso en la actualización de los montos asignados, los cuales recién comenzaron a modificarse en el año 2021, con pandemia mediante, y sin que a la fecha se haya formalizado un aumento correspondiente al año 2022. El Estado Nacional, por la crisis sanitaria, complementó a las empresas con liquidaciones de subsidios a través del Fondo Compensador Covid-19 el que, si bien ha representado gran alivio para las prestatarias, tampoco ha sido suficiente para salvaguardar el equilibrio financiero de las empresas.

Que las compensaciones del párrafo anterior, junto con las que liquida el Municipio, tienen por principal función, no sobrecargar en la tarifa del pasajero la totalidad de los costos que generan las líneas. Pero los antecedentes de la economía del transporte nos revelan que en caso que sí se llegue a cumplir con esa meta primera referida, no alcanzan a resolver el conflicto que surge en las compañías para cubrir el desfasaje que surge entre los costos vigentes, el atraso en la actualización de los subsidios y la imposible tarea de mantener las tarifas actualizadas en todo momento. El contexto inflacionario repercute en dos ejes fundamentales del sector: por un lado, en los precios de los principales insumos -como combustible y repuestos- y, por el otro, en los porcentajes que se están acordando en la paritaria que se enmarca en el CCT UTA para este año.

Que, no obstante, y como se ha reflejado en todos estos meses, los actores que forman parte del servicio siempre consideran que, al ser público, el mismo no es pasible de interrupción más allá de lo indispensable, por lo que el mantenimiento de las trazas activas ha sido prioridad tanto para el municipio como para las responsables de su efectiva prestación. En este sentido, y atento que se ha realizado un nuevo diagrama de frecuencias en todas las líneas para atender la demanda prevista con el inicio de las clases presenciales, tanto para los escolarizados como para universitarios y terciarios, y por la asistencia de los usuarios a sus lugares de trabajo, es que las compañías están redoblando sus esfuerzos para poder cumplir con esas directivas.

En consonancia con este punto, siempre resaltamos el fuerte compromiso del Municipio, de las empresas y de sus trabajadores, para que el servicio pueda continuar brindándose con normalidad a pesar de las dificultades económicas y financieras que se atraviesan, y ello en virtud de que los participantes del rubro comprenden la importancia que tiene el medio de transporte para toda la comunidad.

Que, asimismo, destacamos el rol fundamental que está cumpliendo el Municipio atendiendo los requerimientos tanto de las empresas, para poder transitar esta difícil situación, y de los usuarios, quienes necesitan de las unidades y sus trazas para poder cumplir con sus obligaciones. En ese sentido, resaltamos la sanción de la Ordenanza Nª 20.549 que modifica el Art. 1° de la Ordenanza N° 20.537, estableciendo la actualización del valor de la tarifa para el transporte público urbano de pasajeros. En ese esquema, la diferencia entre el importe del Art. 1° y el Art. 2° y de la Ordenanza N° 20.537 que estipula la actualización del valor que paga el pasajero -la cual comenzó a regir a partir del 27/12/2021- es compensada por el municipio bajo las condiciones allí establecidas, para que el escenario de excepción que rodea la actividad y que generan un déficit específico de la pandemia, no recaigan sobre el usuario y, asimismo, se evite una profundización en la crisis del sector. Para esta compañía, en el corriente mes y en base a los datos de marzo 2022, dicha compensación representa la suma de pesos un millón setecientos mil ($1.700.000,00).

Que la decisión del aumento tarifario resultó esencial para que el precio del pasaje no continúe atrasándose y permita reducir el déficit emergente de los costos del servicio y la recaudación de las compañías, evitando una profundización de la crisis económica y financiera.

Que también la compensación de los trabajadores esenciales transportados en el sistema, de acuerdo al Art. 7° de la Ordenanza N° 20.537, resulta de gran ayuda para las prestatarias.

Que, por su parte, es fundamental destacar el esfuerzo de las compañías responsables directas del servicio, las que aportan toda su capacidad económica, financiera, laboral, técnica para poder cumplir con las indicaciones de la Secretaría Municipal con competencia en el área. Como venimos subrayando siempre, Bahía Transporte en particular, está realizando los mayores esfuerzos para poder mejorar su estructura empresarial y readecuar su situación económica y financiera a la coyuntura actual. Como hemos comentado en exposiciones previas, el Municipio mediante el Decreto N° 292/2021 finalmente resolvió revocar el permiso precario para la explotación de las líneas 502 y 504 de la que era titular esta sociedad, a partir del 1° de marzo del 2021. Eso devino en la reducción de la nómina de personal, proceso que había comenzado en el año 2020 con el traspaso de empleados y la cesión de la administración de los parquímetros a la Secretaria de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, complementándose con la cesión de tres (3) choferes más a finales del mes de abril pasado, a la empresa T.A. San Gabriel S.A., compañía que tomó a su cargo en el mes de marzo 2021 las líneas 502 y 504, y que requería de más personal para cubrir sus servicios. Asimismo, se ha convenido con todas de las prestadoras que, en caso de darse la baja de algún empleado que se encuentre bajo el CCT de UTA por razones de retiro por jubilación u otro motivo, se informe a esta empresa para analizar la posibilidad de efectuar el traspaso de personal que cubra dicha vacante, y continuar de esa manera con la optimización de los recursos humanos con los que hoy contamos.

Que, además, seguimos trabajando con gran esfuerzo para optimizar los servicios de gerenciamiento, para que el servicio público de transporte evoluciones día a día y así alcanzar las expectativas que los usuarios tienen de él en este contexto de crisis; y mejorar también nuestra actuación en el ámbito del transporte, profundizando el control de stock del pañol y las compras que se realizan para su reposición; en la reorganización del personal y su afectación en áreas donde se requiere más eficiencia en la prestación.

Que en la presentación realizada el mes anterior, se puso en conocimiento que la empresa debía comenzar a regularizar la situación de la flota de los colectivos con los que hoy cuenta, y para cumplir con ese objeto, se comenzaron a pagar tres (3) unidades 0km. En ese marco, se ha realizado un desembolso inicial de pesos ocho millones doscientos mil ($8.200.000,00) el día 22 de abril pasado, para hacer viable el cierre del acuerdo con la concesionaria y fijar el precio, hecho fundamental ante el cuadro inflacionario que estamos atravesando. En el corriente mes, debemos cumplir con el pago de la primera cuota que asciende a la suma de pesos seis millones novecientos mil ($6.900.000,00). Es muy positiva y necesaria esta inversión, para que la continuidad del servicio no se vea afectada a futuro por interrupciones y/o alteraciones que perjudiquen a esta sociedad y, por consiguiente, a los pasajeros de la línea.

Que, en orden a los ingresos, y en virtud de la venta de las unidades por el traspaso de las líneas al que ya hemos hecho referencia en otras oportunidades, en el corriente mes se percibirá el importe neto de pesos cuatrocientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 ($491.666,67).

Que en relación a los compromisos que se tienen, es necesario continuar con el cumplimiento de las obligaciones asumidas, como el pago de las unidades adquiridas para renovar la flota en el año 2018, cuyos vencimientos de valores de los próximos días es de casi un millón de pesos ($1.000.000,00); por su parte, es preciso cancelar el saldo que se tiene con Telefónica S.A. para mantener sus servicios, que en mayo implica un desembolso de casi pesos un millón ($1.000.000,00).

Respecto a las liquidaciones salariales, y como viene sucediendo desde el mes de mayo 2020, se está negociando con el gremio que engloba a los empleados que se encuentran bajo el CCT de UTA para continuar con la aplicación del Art. 223 bis LCT durante el año en curso. En este aspecto, debemos destacar la predisposición que está teniendo la entidad sindical mencionada para colaborar con las empresas.

En sintonía con ello, ya habíamos mencionado en otra oportunidad, el pre-acuerdo salarial celebrado en la jurisdicción de Bahía Blanca y como inicio de las conversaciones por las paritarias correspondientes al año 2022 en el marco del CCT de UTA, por el cual se pautó realizar en los haberes de enero y febrero, un pago a cuenta de futuros aumentos, los que representaron en el caso de los choferes pesos siete mil tres con ($7.003,63) para cada uno, y proporcional para el resto de las categorías. Luego, a mediados de marzo, se estipuló en el ámbito de CABA un acuerdo salarial para recomponer los salarios de los meses de enero y febrero, con una suma no remunerativa de pesos trece mil ($13.000,00) por cada período, pretensión que fue planteada para las jurisdicciones del interior mediante el Acta suscripta el 11 de abril pasado, importes que también ya fueron abonados. En ese mismo marco regulatorio, se peticionan más reparaciones de los haberes correspondientes a los meses transcurridos del año 2022, en parte a cumplir en mayo, a saber: el pago de otro no remunerativo de pesos veintisiete mil ($27.000) para los conductores y proporcional para el resto de las categorías, que en total asciende a la suma de pesos tres millones ($3.000.000,00). En relación a las once (11) bajas de choferes ocurridas en el mes de marzo y abril por haber traspasado a la compañía T.A. San Gabriel S.R.L, es preciso mencionar que la suma no remunerativa indicada debe abonarla Bahía Transporte, por haber estado en su nómina de personal al 31/03/2022. Asimismo, los haberes de abril se liquidaron con el aumento del veintiún por ciento (21%) solicitado en el Acta.

Que este esquema de compromisos salariales significa un esfuerzo inmenso por parte de las prestadoras del servicio en cuestión, las que están realizando todas las actuaciones tendientes a evitar que, por la falta de cumplimiento de las cargas asumidas, se produzca un cese en la prestación por parte de los trabajadores quienes, por su parte, están a derecho para reclamar mejoras en sus ingresos.

Que, reiteramos, los insumos básicos que permiten el funcionamiento del sistema, como ser combustible, lubricantes, neumáticos, repuestos de rápida reposición, entre otros, han sufrido subas significativas en su precio, y si bien sus proveedores contemplan la crisis económica que están atravesando todas las empresas del rubro, la mercadería se entrega en cuenta corriente con fecha determinada de vencimiento, siendo fundamental generar un círculo relativamente virtuoso de pago para obtener una rotación regular de mercadería básica para poder prestar el servicio.

Que las dificultades que se van repitiendo mes a mes para afrontar los pagos en diferentes puntos, generan en reiteradas ocasiones el atraso con ciertos acreedores que, ante la situación crítica generalizada del país, exigen la cancelación de los saldos para que puedan también sostener su cadena de pagos.

Que, respecto a las obligaciones asumidas ante la AFIP a través de la moratoria aprobada en el mes de agosto 2020 por Ley Nª 27.562, en el mes de febrero se vencen las cuotas de los planes adheridos que superan la suma de pesos novecientos mil ($900.000); y se deben abonar otros planes de regularización de deuda, sumado los cuales ascienden a la suma aproximada de pesos quinientos mil ($500.000). Asimismo, es objetivo de esta compañía continuar en una situación regular con ese organismo, por lo que prevemos abonar el F931AFIP del período 04/2022 aprovechando la oportunidad de estar liquidando los haberes bajo el Art. 223 bis LCT, resultando de ello una carga contributiva baja en relación a períodos normales, para evitar así un nuevo retraso en su cumplimiento. También es nuestro propósito no demorar los pagos que corresponden efectuar a la ART, siendo intención de esta sociedad abonar regularmente los importes que resultan del F.931AFIP, estimando un pago de pesos un millón ochocientos mil ($1.800.000,00) para este mes.

Que, de la enumeración de responsabilidades que se deberán afrontar en el mes en curso, podemos afirmar que son todas de trascendental importancia para poder mantener en orden el servicio a nuestro cargo, porque contribuyen al normal desarrollo del sector.

Que, como siempre aclaramos, es decisión firme de todas las prestatarias del transporte local acompañar y colaborar con el Municipio, aguardando una mejora en el proceso de normalización de la actividad económica, la cual se está viendo demorada conforme las estimaciones que para esta época se habían proyectado.

Que en esa línea y bajo las condiciones que imparte la Secretaría Municipal correspondiente, la prestación del servicio siempre se ha brindado de forma continua, sin alteraciones ni cortes que pudieran generar conflictos tanto con los usuarios como con los distintos sectores involucrados en el área.

Es objetivo de todos poder atravesar esta realidad extraordinaria que nos ha tocado afrontar; e insistimos que para que ello sea posible, es esencial que la estructura empresarial sea titular de una estabilidad económica y financiera mínima para no afectar el cumplimiento de las obligaciones que son de impostergable cancelación, y las cuales permiten que el servicio se brinde de forma normal y satisfactoria.

De acuerdo a la proyección de ingresos y egresos estimados para el mes de abril 2022 que como Anexo se acompaña, y cumpliendo sólo con las obligaciones mínimas, la empresa tendría un déficit mensual aproximado de pesos diecinueve millones trescientos veinticinco mil ($19.325.000,00).

Es muy importante que el municipio continúe brindando su apoyo en pos de no profundizar la crítica situación financiera de la empresa, cuyo diagnóstico sigue siendo muy complejo ante la merma de ingresos que se viene padeciendo desde hace dos años, hasta hace unos meses atrás como consecuencia directa de la pandemia mundial producida por el virus Covid-19, y ahora en conjunción con la repercusión que ha tenido en el comportamiento de los usuarios.

Es por lo expuesto, que solicito la realización de un aporte irrevocable de capital que permita asegurar la cancelación de los compromisos que no permiten dilatarse en el tiempo.

Que conforme el Acta de Directorio de fecha 29 de a abril de 2022 que en copia simple se acompaña, el órgano administrativo de la empresa ha resuelto autorizar de forma expresa a quien suscribe, a realizar la solicitud formal del pedido de aporte de capital.

De prosperar lo solicitado, el importe del aporte irrevocable de capital debería ascender a la suma de pesos diecinueve millones trescientos veinticinco mil ($19.325.000,00) …”

Que, a los efectos de dar curso a lo solicitado, la firma ha adjuntado información y documentación complementaria y respaldatoria que permite analizar la necesidad del mencionado aporte irrevocable de capital;

Que, atento a todo lo declarado por la empresa y debido a la situación en la que se encuentra el transporte público de pasajeros por colectivo en la ciudad; es que se hace necesario ofertar en forma irrevocable un aporte a la Sociedad para los fines expuestos, tal lo solicitado por el presidente de la firma Bahia Transporte SAPEM en un todo de acuerdo a la copia del acta de directorio obrante en el expediente de referencia;

Que lo dicho anteriormente debe llevarse a cabo, ya que, de no cumplimentarse esos pasos, se estaría violentando los derechos de preferencia y acrecer de los demás accionistas estipulados en la Ley 19.550 y en el estatuto;

Que siendo el Estado Municipal accionista mayoritario de la mencionada Empresa, entiende que dicha operatoria no reviste mayor riesgo económico, toda vez que la contribución dineraria se vea reflejada en cubrir los costos que demande el mantenimiento del sistema a los fines de sostener el mismo hasta tanto éste vuelva a su normal funcionamiento y siempre cuando estos estén absolutamente vinculados con el objeto social, y cumplan con las tareas encomendadas por el Municipio.

Que habiéndose corrido traslado del expediente de referencia a la Secretaría de Economía, la misma señala, que si bien dicho aporte no se encuentra contemplado en el presupuesto en curso, el mismo deberá ser compensado antes de fin del corriente año con mayor recaudación y/o economías de otras partidas; correspondiendo bajo esta condición otorgar el aporte irrevocable de capital requerido.

Por todo ello, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nro. 15.141, lo informado por la Secretaría Economía a fojas 18, el dictamen legal de la Secretaría de Gestión Urbana a fojas 19 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y del Departamento Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades,

- D E C R E T A -

ARTICULO 1º)- Autorizar a la Contaduría General a abonar por medio de transferencia bancaria la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL ($19.325.000.-) a la Empresa Bahía Transporte S.A.P.E.M., en concepto de aporte de capital, en un todo de acuerdo a la copia del acta de directorio obrante en el expediente de referencia, según los términos del Artículo 5º de la Ordenanza Municipal N°15.141.

ARTICULO 2°)- El aporte indicado en el artículo precedente será imputado a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática. 16.00.00, Gasto 6.1.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3°)- Cúmplase, notifíquese a Bahía Transporte SAPEM, tomen nota la Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería y demás reparticiones que se estime pertinente, comuníquese vía nota al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento; cumplido: dése al R.O. y ARCHÍVESE.-