Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2206

Resolución Nº 2206

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/06/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la Nota presentada por MARIA FLORENCIA CORONEL, DNI Nº 37.025.688,  donde solicita reliquidar las Tasas por Servicios Públicos y Salud por un aumento exponencial, correspondiente a la Partida Nº 176.679; y,

CONSIDERANDO

Que mediante informe obrante a fojas 1 el Departamento Catastro manifiesta que del inmueble identificado catastralmente como Circ.: II - Secc.: B - Mz.: 156t - Parc.: 14 - Partida: 176.679, se detecto un error en la valuación al momento de incorporar la totalidad del expediente con permiso 784-C-2018, por lo que se deberá reliquidar las Tasas por Servicios Públicos y Salud desde la cuota 11/019;

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 7 que corresponde liquidar dichas tasas desde la cuota 11/2019 a 12/2021, de acuerdo a los datos cargados en el sistema en virtud de los capítulos I y XVIII de las ordenanzas impositivas 2019, 2020 y 2021;

Que a fojas 8, mediante Nota Nº 221-3/2021 la recurrente solicita que las sumas sobrantes sean consideradas para saldar la deuda existente y/o se utilicen para futuros vencimientos;

Que en fojas 10 el Departamento Recaudación expresa que previo a resolver la cuestión planteada mediante nota obrante a fojas 8, corresponde reliquidar la partida a efectos de saber cuales serán esas suma sobrantes;

Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOSen uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTICULO 1º): Rectificar la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, del inmueble identificado con el número de Partida Nº 176.679. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes desde la cuota 01/2020 a la Cuota 12/2021 de acuerdo al siguiente detalle:

 * Cuotas 11 y 12/2019: la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($183,61) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO CON NOVENTA CENTAVOS ($45,90en concepto de Tasa de Salud;

 * Cuotas 01 a 12/2020: la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CATORCE CENTAVOS ($256,14) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS SETENTA Y SEIS CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($76,84en concepto de Tasa de Salud.-

 * Cuotas 01 a 12/2021: la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($385) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($134,75en concepto de Tasa de Salud.-

ARTICULO 2º): Cumplir, dar al R.O., tome nota Departamento Recaudación, Departamento Catastro: hecho: ARCHIVAR.-