Boletines/Campana
Decreto Nº 405/22
Campana, 01/06/2022
Expediente Municipal N° 4016-32360-1-2007 Guardias
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 38/2020 (t.v.) y N° 184/2022 (t.v.), el Expediente Municipal N° 4016-32360-1-2007; y
Considerando
Que el Departamento Ejecutivo considera pertinente la implementación de un sistema de guardias con el fin de no afectar el normal desenvolvimiento de la prestación de los servicios públicos indispensables para los vecinos de la Ciudad de Campana, por lo que la Dirección General de Recursos Humanos promueve la creación de guardias activas y pasivas para el personal municipal que deba llevar a cabo dichas funciones y que, estando fuera de su horario laboral, y cuando las circunstancias ajenas así lo exijan, esté obligado a acudir cuando sea convocado.
Que con el fin de definir los conceptos de guardia activa y guardia pasiva, se entiende por tareas de guardia activa las que se cumplan en servicios imprescindibles de actividad permanente y habitual y que requieran el inmediato accionar del agente municipal a cargo, y las tareas de guardia pasiva, como aquellas que realizará el personal Municipal, fuera de su horario laboral, y que se encuentre gozando su descanso diario habitual, poniendo su fuerza de trabajo a disposición del empleador, cuando las contingencias no puedan ser atendidas dentro del régimen horario correspondiente a la jornada laboral.
Que dichas guardias serán abonadas tomando como base el equivalente a un Jornal Técnico Administrativo con 39 y 48 horas semanales de labor o a un Jornal Servicio con 39 y 48 horas semanales, según corresponda, y de acuerdo a lo detallado en el Anexo I del presente, por lo que resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la
Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 38/2020 (t.v.) y N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Créase el sistema de guardias activas y pasivas para el personal municipal para ser utilizado cuando la naturaleza del servicio y/o actividad así lo requiera:
Guardia activa: todas aquellas tareas que se cumplen en servicios imprescindibles de actividad permanente y habitual y que requieren el inmediato accionar del agente municipal a cargo.
Guardia pasiva: todas aquellas tareas que realizará el personal Municipal, fuera de su horario laboral, y que se encuentre gozando su descanso diario habitual, poniendo su fuerza de trabajo a disposición del empleador, cuando las contingencias no puedan ser atendidas dentro del régimen horario correspondiente a la jornada laboral.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que, para los valores de las guardias activas y pasivas que se describen en el Anexo I del presente Decreto, se tomarán como base el valor del Jornal Técnico Administrativo con 39 y 48 horas semanales de labor,
o el valor del Jornal Servicio con 39 y 48 horas semanales, según corresponda en cada caso, y el valor será actualizado
automáticamente cada vez que se realicen variaciones salariales.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese las siguientes condiciones, para la percepción de las mencionadas guardias:
ARTÍCULO 4°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Secretaría de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese; comuníquese; publíquese; y archívese.-
anexo I
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