Boletines/Saladillo
Decreto Nº 556/2022
Saladillo, 02/03/2022
Visto
el contrato de fideicomiso denominado “FIDEICOMISO SIPSA II”, suscripto el 20 de agosto de 2019 entre la Municipalidad de Saladillo, Marcelo Oscar Felice, Mariela Alejandra Galún, Gustavo Luis Martínez, Víctor Ariel Giacobetti, Fabricio Ventos, Nelio Omar Larrabe, Julio Omar Fredes, Lambert Ingeniería S.A., Meviel S.R.L., Idoeta hermanos S.R.L. y Truck And Service S.A., que fuera aprobado por Ordenanza Municipal N° 91/2019;
Considerando
que, el contrato tiene como principal objeto la adquisición de inmuebles para establecer un nuevo parque industrial en Saladillo a cuyos efectos podrán realizar inversiones de cualquier otra naturaleza, a fin de obtener resultados que engrosen un fondo común de inversión, cuyo remanente cumplido el objeto principal se adjudicará a cada uno de los inversores de acuerdo a sus distintas categorizaciones;
QUE, el Municipio, en su calidad de fiduciante primario, donó un inmueble ubicado en el Ejido de esta Ciudad de Saladillo, cuya NOMENCLATURA CATASTRAL es Circunscripción I. Sección G. Chacra 168. Parcela 2 a;-
Que de conformidad al punto “II.D”, concerniente a las partes contratantes, los fiduciantes primarios y secundarios aportarán el dinero y/o bienes necesarios para la compra de inmuebles, construcciones y, en general, para toda inversión o gasto necesario para la ejecución de cada proyecto específico del fideicomiso, de acuerdo a lo determinado en cada caso por el fiduciario;
Que según el punto “II.E” relativo a la formación del CAPITAL, éste estará constituido por aportes dinerarios, derechos, acciones, títulos, bienes inmuebles, muebles semovientes, y demás bienes con valor económico, necesarios para el desarrollo del objeto social, que constituirán el estado patrimonial de la entidad. Y, la parte fiduciaria acordará por instrumento separado con cada uno de los fiduciantes el modo de integrar los respectivos aportes futuros indicándose que la forma que se establezca deberá asegurar el financiamiento de las inversiones y/u obras;
QUE, en ese contexto, las partes suscribieron un acta a través de la cual se dispuso que el Municipio afrontara los gastos derivados de la obra de tendido eléctrico- materiales y mano de obra-;
QUE, de acuerdo a dicha acta, a la fecha deviene necesario el dictado de un acto administrativo que autorice el pago de los costos de materiales de la obra mencionada;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Autorizar a la Oficina de Contaduría y Tesorería a transferir la suma de pesos doce millones novecientos treinta y seis mil quinientos noventa y uno con setenta y tres centavos ($ 12.936.591,73.-), para afrontar los costos de materiales para la obra eléctrica del SIPSA II.
ARTICULO 2: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior, deberá imputarse a la partida correspondiente.
ARTICULO 3: Comunicar a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas, cumplido, dar al registro oficial de Decretos.
DECRETO 556/2022