Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 93
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/04/2022
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que la señora Andrea Vera, artista escénica y gestora cultural local, se encuentra abocada a la organización del “Ciclo de Danza Contemporánea” que se llevará a cabo en nuestra ciudad entre los meses de abril y octubre del corriente en el Espacio Cultural Pez Dorado, ubicado en O’Higgins 578, y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.
Que el Ciclo de Danza Contemporánea surge en el año 2017 como una plataforma que permite la producción y muestra de obras contemporáneas de danza de duración breve.
Que es un proyecto integrador que invita a artistas locales a presentar sus ideas de creación y desde la tutoría teórica y práctica se instala una estructura metodológica para que cada idea tome forma de obra.
Que las residencias creativas del ciclo están dirigidas a estudiantes, egresados y artistas con alguna experiencia en artes escénicas.
Que el ciclo y sus presentaciones son un ejercicio de pensamiento colectivo donde las ideas y el ensayo se mantienen alertas desde la mirada del otro, el proceso y el intercambio constante.
Que a la fecha se han presentado 43 obras, muchas de las cuales continuaron su desarrollo más allá de esta plataforma, realizando funciones en otros espacios de la ciudad y festivales audiovisuales.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como prensa y difusión, alquiler de sala, técnica de sonido e iluminación, diseño gráfico, registro audiovisual, honorarios profesionales y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Andrea Belén VERA, C.U.I.L.: 27-36541843-3; por la suma de $ 90.000,- (pesos noventa mil) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como prensa y difusión, alquiler de sala, técnica de sonido e iluminación, diseño gráfico, registro audiovisual, honorarios profesionales y demás gastos que demanden la organización del “Ciclo de Danza Contemporánea” que se llevará a cabo en nuestra ciudad entre los meses de abril y octubre del corriente en el Espacio Cultural Pez Dorado, ubicado en O’Higgins 578, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Andrea Belén VERA, C.U.I.L.: 27-36541843-3; la suma de $ 90.000,- (pesos noventa mil) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de ciento ochenta (180) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.
SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-