Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº79

Resolución Nº 79

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/03/2022

Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que el Sr. Guillermo Arena, artista plástico y presidente de la Asociación Artistas del Sur, se encuentra abocado a la realización de la “8va Edición de A Pintar Bahía”, que se llevará a cabo durante los meses de abril y mayo del corriente en concordancia con el aniversario de Bahía Blanca en distintos espacios públicos de nuestra ciudad, y

Considerando

Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.

Que el evento consta en una jornada al aire libre en la cual los participantes (pintores y aficionados) se juntan en un barrio bahiense para generar ejercicios plásticos (dibujos, óleos, acrílico, acuarelas) relacionados con la temática barrial que luego serán premiados por la organización.

Que “A Pintar Bahía” es abierto a la comunidad y premia a los mejores trabajos de tres categorías: niños de hasta 12 años, adolescentes entre 13 y 17 años y adultos de 18 años en adelante.

Que en la presente convocatoria la temática se centrará en el Teatro Municipal, homenajeando al mismo a través del trabajo plástico de los artistas presentes.

Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como la compra de materiales artísticos de librería para entregar a manera de premios, compra de insumos para cumplir con protocolos COVID-19, refrigerios y material descartable y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades, 

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Guillermo ARENA, C.U.I.L.: 20-20561587-4; por la suma de $ 50.000,- (pesos cincuenta mil) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como la compra de materiales artísticos de librería para entregar a manera de premios, compra de insumos para cumplir con protocolos COVID-19, refrigerios y material descartable y demás gastos que demanden la organización de la “8va Edición de A Pintar Bahía”, que se llevará a cabo durante los meses de abril y mayo del corriente en concordancia con el aniversario de Bahía Blanca en distintos espacios públicos de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Guillermo ARENA, C.U.I.L.: 20-20561587-4; la suma de $ 50.000,- (pesos cincuenta mil) atento a lo indicado en el artículo Primero.- 

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.- 

CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de treinta (30) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.

SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.- 

SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-