Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº140

Resolución Nº 140

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/02/2022

VISTO la Resolución Municipal 23/2021 y lo informado precedentemente por el Secretario de Salud y;

CONSIDERANDO:

Que el día 2 de julio de 2021 el Departamento Ejecutivo Municipal estableció, a través del dictado de la Resolución  23-2021, un régimen de excepción al principio general dispuesto por el Art. 41 del Convenio Colectivo de Trabajo, disponiendo un fraccionamiento mínimo de tres (3) días para el uso de la licencia de descanso anual para todos los trabajadores de la salud, dependientes de las unidades descentralizadas del Hospital Municipal de Agudos Dr.Leónidas Lucero y el Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalarias (S.I.EM.PRE), como así también de centros de salud y unidades sanitarias de la Secretaria de Salud del Municipio de Bahía Blanca.-

Que esta norma fue motivada por el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia, a tenor de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en marzo de 2020 por el coronavirus COVID-19 y sus consecuencias de público y notorio conocimiento, con el fin de resguardar el recurso humano sin resentir la prestación de todos los servicios a la ciudadanía, con especial atención a la salud.

Que la citada norma en su Art. 2 dispuso la vigencia temporal hasta el 31 de diciembre de 2021, dejando la posibilidad de prorrogarse en períodos de seis (6) meses, de acuerdo al análisis de la evolución del estado de emergencia sanitaria por la pandemia COVID-19.

Que a fojas 207 el Secretario de Salud solicita la prórroga de la norma referenciada, entendiendo que el sistema de salud continua en tensión y resulta necesaria la vigencia de la citada norma, a fin de resguardar el recurso humano y mantener una cobertura eficiente en la prestación de los servicios de salud como así también una optima organización.

Por lo expuesto que la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTICULO 1º) - Prorrogar lo dispuesto por la Resolución Nº 23 del 2 de julio de 2021, por el término de seis (6) meses, a partir del día 1º de enero de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.

ARTICULO 2º) - Dispónese que la vigencia de la presente norma estará sujeta a los criterios de Emergencia Sanitaria que dispongan las autoridades nacionales y de la provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º) - Refrende la presente el Sr. Secretario de Salud.

ARTICULO 4º) - Cúmplase, notifiquese, tomen nota la Secretaría de Salud, Departamento de Administración de Personal, Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”, S.I.EM.PRE, y demás dependencias que correspondan, dése al R.O.; cumplido: RESERVESE en la Secretaría de Salud.-