Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 106
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/02/2022
Visto la nota presentada a fs. 1, por el Sr. Jorge Ricardo GALLI, D.N.I. Nº 31.661.787, Legajo Nº 16.775, Director Adjunto de Capital Humano dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano (Oficina N° 243), mediante la cual se solicita el reconocimiento de años de servicios prestados para la Dirección General de Cultura y Educación.
Considerando:
Que a fs. 3 el Departamento Administración de Personal informa que el tiempo total a reconocer asciende a UN (1) AÑO, Y UN (1) MES, por los servicios prestados para la Dirección General de Cultura y Educación entre el 10/12/2019 hasta el 11 de enero de 2021.-
Que correspondería el pago del beneficio solicitado aplicando el 3% sobre el sueldo básico por el total de los servicios desempeñados, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
Que dicho reconocimiento deberá hacerse efectivo a partir del 26 de enero de 2022 fecha de entrada de la solicitud en el Departamento de Administración del Personal y sería sólo a efectos de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad.
Que en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento de Administración del Personal y atento la imputación realizada por el Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
Artículo 1º) Reconocer al Sr. Jorge Ricardo GALLI, D.N.I Nº 31.661.787, Legajo Nº 16.775, Director Adjunto de Capital Humano dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, los servicios prestados como Consejero Escolar del Distrito de Bahía Blanca para la Dirección General de Cultura y Educación, durante UN (1) AÑO Y UN (1) MES, en concepto de Bonificación por Antigüedad, a partir del 26 de enero de 2022, fecha en la cual presentó la documentación.-
Artículo 2º) El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicado al 3% sobre su sueldo básico y por el total de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
Artículo 3º) El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat.Prog 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.-
Artículo 4º) Cúmplase, notifíquese, tome conocimiento el Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O y ARCHÍVESE.-